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Escrito por requerimiento...
- c_arias
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18 años 10 meses antes #17771
por c_arias
Respuesta de c_arias sobre el tema Re:Escrito por requerimiento...
oks sosgtorreon muchas gracias, estoy un poco mas orientado ahora... y asi es queda mucho por aprender... buen dia...
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18 años 10 meses antes #17772
por c_arias
Respuesta de c_arias sobre el tema Re:Escrito por requerimiento...
otra cosa hablando del requerimiento... cuantos dias tenia yo de plazo para presentar la declaracion despues de recibido dicho requerimiento para no causar la multa?? y hablando de la multa? en que tiempo me sera notificada??? gracias a todos...
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18 años 10 meses antes #17775
por Balbuena
Respuesta de Balbuena sobre el tema Re:Escrito por requerimiento...
CFF
Artículo 41.- Cuando las personas obligadas a presentar declaraciones, avisos y demás documentos
no lo hagan dentro de los plazos señalados en las disposiciones fiscales, las autoridades fiscales exigirán la presentación del documento respectivo ante las oficinas correspondientes, procediendo en forma
simultánea o sucesiva a realizar uno o varios de los actos siguientes:
..III. Imponer la multa que corresponda en los términos de este Código y requerir la presentación del documento omitido en un plazo de quince días para el primero y de seis días para los subsecuentes
requerimientos. Si no se atiende el requerimiento se impondrá la multa correspondiente, que tratándose
de declaraciones será una multa por cada obligación omitida. La autoridad en ningún caso formulará más
de tres requerimientos por una misma omisión.
Ojo, aqui se te puede imponer una multa porque la declaración no fue presentada sino a petición de autoridad, y otra diversa por no haberlo hecho dentro del plazo citado en el requerimiento, por la misma obligación.
saludos.<br><br>Mensaje editado por: Balbuena, el: 25/10/2007 13:01
Artículo 41.- Cuando las personas obligadas a presentar declaraciones, avisos y demás documentos
no lo hagan dentro de los plazos señalados en las disposiciones fiscales, las autoridades fiscales exigirán la presentación del documento respectivo ante las oficinas correspondientes, procediendo en forma
simultánea o sucesiva a realizar uno o varios de los actos siguientes:
..III. Imponer la multa que corresponda en los términos de este Código y requerir la presentación del documento omitido en un plazo de quince días para el primero y de seis días para los subsecuentes
requerimientos. Si no se atiende el requerimiento se impondrá la multa correspondiente, que tratándose
de declaraciones será una multa por cada obligación omitida. La autoridad en ningún caso formulará más
de tres requerimientos por una misma omisión.
Ojo, aqui se te puede imponer una multa porque la declaración no fue presentada sino a petición de autoridad, y otra diversa por no haberlo hecho dentro del plazo citado en el requerimiento, por la misma obligación.
saludos.<br><br>Mensaje editado por: Balbuena, el: 25/10/2007 13:01
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18 años 10 meses antes #17785
por c_arias
Respuesta de c_arias sobre el tema Re:Escrito por requerimiento...
gracias Balbuena y a todos los interesados... buen dia...
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