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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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DIFERENCIA EN INVENTARIOS
- Saúl Castro Vázquez
- Autor del tema
- Fresh Boarder
-
Las DIFERENCIAS DE INVENTARIOS (no mermas, ni desperdicios comprobados)estará gravado para el IETU?.
Saludos
C.P. Saúl Castro Vázquez
harinas@webtelmex.net.mx
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- ramiro9
- Fuera de línea
- Administrator
-
Pudiera ser por aqui por donde va encaminada tu pregunta
ARt 8 LiVA
Concepto de enajenación [1]
Para los efectos de esta Ley, se entiende por enajenación, además de lo señalado en el Código Fiscal de la Federación, el faltante de bienes en los inventarios de las empresas. En este último caso la presunción admite prueba en contrario.
Saludos
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- CPHugoocejo
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
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Estimados colegas haber que opinan.
Las DIFERENCIAS DE INVENTARIOS (no mermas, ni desperdicios comprobados)estará gravado para el IETU?.
Saludos
C.P. Saúl Castro Vázquez
harinas@webtelmex.net.mx
Saul
La ley del IETU no establece un regimen de transicion para deducir los inventarios, esperemos que en fechas proximas podamos tener por parte de las autoridades un procedimiento al respecto.
saludos
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- Saúl Castro Vázquez
- Autor del tema
- Fresh Boarder
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Hola Saul
Pudiera ser por aqui por donde va encaminada tu pregunta
ARt 8 LiVA
Concepto de enajenación [1]
Para los efectos de esta Ley, se entiende por enajenación, además de lo señalado en el Código Fiscal de la Federación, el faltante de bienes en los inventarios de las empresas. En este último caso la presunción admite prueba en contrario.
Saludos
HOLA RAMIRO:
Así es, de repente en las empresas te encuentras con inventarios que no están físicamente por x razón, y a eso se refiere ese artículo.
Saludos
ATTE.
C.P. Saúl Castro Vázquez
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