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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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caducidad de comprobantes fiscales de arrendamient

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18 años 7 meses antes #21250 por ci_cordero
Hace algunos años atras, me tope con una informacion con respecto a la caducidad de los comprobantes fiscales de las personas fisicas en el regimen de arrendamiento, el cual decia que dichos comprobantes no caducaban como los demas, sin embargo mencionaba una vigencia, me podrian ayudar al respecto:

tiene caducidad los recibos de arrendamiento y cual es el fundamento legal.

muchisimas gracias

saludos desde quintana roo

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18 años 7 meses antes #21253 por Edheras
…Vigencia de 2 años

Artículo 29-A.- Los comprobantes a que se refiere el Artículo 29 de este Código, además de los requisitos que el mismo establece, deberán reunir lo siguiente:

Los comprobantes autorizados por el Servicio de Administración Tributaria deberán ser utilizados por el contribuyente, en un plazo máximo de dos años, dicho plazo podrá prorrogarse cuando se cubran los requisitos que al efecto señale la autoridad fiscal de acuerdo a reglas de carácter general que al efecto se expidan. La fecha de vigencia deberá aparecer impresa en cada comprobante. Transcurrido dicho plazo se considerará que el comprobante quedará sin efectos para las deducciones o acreditamientos previstos en las Leyes fiscales.

Hasta antes de la entrada en vigor de la actual RMF(DOF 25/04/2007), existia la regla 2.4.19 Fracc. I por la cual se permitía no cumplir con esa obligación de vigencia…

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18 años 7 meses antes #21279 por ci_cordero
muchas gracias por la ayuda Edheras.

eso quiere decir que a partir del ejercicio 2007, los recibos de arrendamiento tendran nuevamente vigencia, verdad?

saludos desde quintana roo

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18 años 7 meses antes #21280 por ci_cordero
muchas gracias por la ayuda Edheras.

eso quiere decir que a partir del ejercicio 2007, los recibos de arrendamiento tendran nuevamente vigencia, verdad?

saludos desde quintana roo

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18 años 7 meses antes #21285 por LOBOZAC
la regla citada continua vigente

2.4.19. Para los efectos del artículo 29-A, fracción Vlll y antepenúltimo párrafo del CFF, se estará a lo siguiente:
I. Se podrá optar por considerar únicamente el mes y año, como fecha de impresión -sin incluir el día- en el entendido de que el plazo de vigencia se calculará a partir del primer día del mes que se imprima en el comprobante.
II. La numeración de los comprobantes continuará siendo consecutiva, considerando inclusive los comprobantes cancelados al término de su vigencia.



en virtud de que todavia no existe la idem para 2008, Y EN MODIFICACIONES i, ii y iii , NO A SUFRIDO MoDIFICACION LA MISMA


SALUDOS Y gracias por tus apotacionesfiscales<br><br>Mensaje editado por: LOBOZAC, el: 23/01/2008 09:26

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18 años 7 meses antes #21287 por Edheras
...lo que Edheras quiso decir: sí, los recibos tienen vigencia de 2 años; y la regla 2.4.19 sigue existiendo en la RMF vigente, lo que quise decir adicionalmente es que esa regla fue modificada;
como decía el vocero...

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