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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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deduccion de facturas caducadas
- ARKANGEL
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Que sancion puedo tener por el hecho de deucir una factura caducada?
lo que pasa es que las facturas por arrendamiento de un contribuyente ya estan vencidas y dentro de los requesitos fisacles del art 29 CFF se que no es deduciible, pero al momento de decirle me dice que el contador de la persona que le expide la factura dice que no hay problema con eso que la puede deducir, es por eso que quiero un fundamento para hacer de su conocimiento lo que le puede pasar, ya se que lo ideal es considerarlo como no deducible, pero la verdad es una cantidad considerable.
gracias y ojala respondan pronto por que si urge...
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- LOBOZAC
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hola me llamo alberto y mi pregunat es la siguiente:
Que sancion puedo tener por el hecho de deucir una factura caducada?
lo que pasa es que las facturas por arrendamiento de un contribuyente ya estan vencidas y dentro de los requesitos fisacles del art 29 CFF se que no es deduciible, pero al momento de decirle me dice que el contador de la persona que le expide la factura dice que no hay problema con eso que la puede deducir, es por eso que quiero un fundamento para hacer de su conocimiento lo que le puede pasar, ya se que lo ideal es considerarlo como no deducible, pero la verdad es una cantidad considerable.
gracias y ojala respondan pronto por que si urge...
DISCULPAME LA RESPUESTA......Y PORQUE NO LE PEDISTE EL FUNDAMENTO AL CONTADOR ?......O SEA , PORQUE TARDARTE TANTO EN \"VENIR\" HASTA ACA A PREGUNTARNOS ALGO, QUE ESE SUJETO **DEBIO** FUNDAMENTAR.......ES QUE LUEGO ES MUY FACIL ANDAR DE HABLADORES SIN FUNDAMENTAR
SALUDOS Y GRACIAS POR TUS APORTACIONESFISCALES
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- NUNCA ESPERES NADA, VE A BUSCARLO
CREO QUE TAMBIEN YA TE ESTAS CONTESTANDO LO PREGUNTADO, ART. 29 CFF, LO QUE PODRIAS HACER ES SOLICITARLE A LA PERSONA QUE TE PRESTA EL SERVICIO DE ARRENDAMIENTO QUE TE HAGA UNA SUSTITUCION DE LA FACTURA, POR UNA QUE ESTE VIGENTE... Y COMO DICE LOBOZAC... CON QUE FUNDAMENTA ESO EL CONTADOR...
NUNCA DES UN PASO HACIA ATRAS, NI SIQUIERA PARA IMPULSARTE
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- ARKANGEL
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- CPHugoocejo
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Definitivamente esas facturas NO son deducibles, ya que no reunen los requisitos que enumera el art 29 y 29a CFF, lo que sugiero es que te restituyan dichas facturas, por otro lado, consiguete un contador que este debidamente capacitado, no esos pseudocontadores que no te fundamentan nada...
saludos
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