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Arrendamiento de inmbuebles.

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18 años 6 meses antes #22984 por congresista
saludos colegas, normalmente llevo arrendamiento casa habitaciòn,por lo que no pagan iva, ya que no lo trasladan, solo pagaban ISR, mi pregunta es en relaciòn cuando es causante de IVA e ISR por arrendar local comercial, para el isr se opta por la deducciòn ciega del 35 % y si este contribuyente tuviera deducciones autorizadas conforme al 142 LISR, pero opta por deduccion ciega en materia de ISR, podria acreditar el IVA de sus deducciones autorizadas , aun cuando no haya tomado estas deducciones autorizadas para ISR?, este es mi interrogante colegas. espero sus comentarios al respecto.


atte.

congresista.

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18 años 6 meses antes #22990 por homerboy
Respuesta de homerboy sobre el tema Re:Arrendamiento de inmbuebles.
Amigos: tengo otra pregunta relacionada con arrendamiento de inmuebles de casa-habitacion ( aprovechando el topico abierto ).

si una persona el ejercicio 2007 no presentaba pagos provisionales de ISR porque sus ingresos no rebasaron el limite para presentarlos, ahora en este ejercicio 2008 como va a quedar ? ya que sus ingresos de arrendamiento de casa habitacion del 2007 fueron solamente $ 36,000.00
pregunto:
a) tiene que presentar pagos provisionales de ISR ?
B) Tiene que PRESENTAR Y PAGAR PAGOS PROVISIONALES DEL IETU ?

recibe de rentas por mes $ 3,000.00

saludos y gracias por sus respuestas ....

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18 años 6 meses antes #23005 por atperez
Respuesta de atperez sobre el tema Re:Arrendamiento de inmbuebles.
congresista escribio:

mi pregunta es en relaciòn cuando es causante de IVA e ISR por arrendar local comercial, para el isr se opta por la deducciòn ciega del 35 % y si este contribuyente tuviera deducciones autorizadas conforme al 142 LISR, pero opta por deduccion ciega en materia de ISR, podria acreditar el IVA de sus deducciones autorizadas , aun cuando no haya tomado estas deducciones autorizadas para ISR?, este es mi interrogante colegas. espero sus comentarios al respecto


Saludos congresista.

Aqui hay opiniones encontradas. Hay quienes opinan que al no haber deducido las partidas para ISR, el IVA que por ellas fue trasladado al contribuyente no es acreditable. Hay quienes opinan que al ser leyes diferentes, no es necesario que la opcion ejercida en una de ellas (LISR) limite la acreditabilidad del IVA en la otra (LIVA). Esto es, la Ley del IVA establece como requisito (LIVA 5 fr I) \"que el impuesto al valor agregado corresponda a bienes, servicios o al uso o goce temporal de bienes, estrictamente indispensables para la realizacion de actividades distintas de la importacion, por las que se deba pagar el impuesto establecido en esta ley o a las que se les aplique la tasa del 0%. Para los efectos de esta ley, se consideran estrictamente indispensables las erogaciones efectuadas por el contribuyente que sean deducibles para los fines del impuesto sobre la renta (notese que el requisito es ser deducible, sin que se diga \"que hayan sido deducidas\", esto es, que puede darse el caso de considerar acreditable el IVA proveniente de erogaciones que pese a 'ser deducibles para los fines del impuesto sobre la renta', se haya optado por no deducirlas para dicho impuesto), aun cuando no se este obligado al pago de este ultimo impuesto. [...]\".[/quote]


homerboy escribio:

si una persona el ejercicio 2007 no presentaba pagos provisionales de ISR porque sus ingresos no rebasaron el limite para presentarlos, ahora en este ejercicio 2008 como va a quedar ? ya que sus ingresos de arrendamiento de casa habitacion del 2007 fueron solamente $ 36,000.00
pregunto:
a ) tiene que presentar pagos provisionales de ISR ?
b ) Tiene que PRESENTAR Y PAGAR PAGOS PROVISIONALES DEL IETU ?


Saludos, homerboy.

LISR 143, tercer parrafo:
Los contribuyentes que unicamente obtengan ingresos de los señalados en este Capitulo, cuyo monto mensual no exceda de diez salarios minimos generales vigentes en el Distrito Federal elevados al mes, no estaran obligados a efectuar pagos provisionales.

Resolucion Miscelanea Fiscal, regla 17.10, primer parrafo:
17.10. Para los efectos del articulo 9 de la Ley del IETU, los contribuyentes a que se refiere el articulo 143, tercer parrafo de la Ley del ISR, podran no efectuar pagos provisionales del IETU.

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18 años 6 meses antes #23035 por congresista
Respuesta de congresista sobre el tema Re:Arrendamiento de inmbuebles.
gracias colega, me parece muy buena la observacion escrimida en este tema, entonces puede ser acreditable el iva de las deducciones autorizadas en materia de isr sin haberseles deducido, ya que efectivamente la ley de iva señala que sea a dedicibles, no que se haya deducido en ISR, aun cuando en isr se haya optado por una deduccion ciega.


hasta la proxima

el congresista

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18 años 6 meses antes #23041 por homerboy
Respuesta de homerboy sobre el tema Re:Arrendamiento de inmbuebles.
atperez escribio:
homerboy escribio:

si una persona el ejercicio 2007 no presentaba pagos provisionales de ISR porque sus ingresos no rebasaron el limite para presentarlos, ahora en este ejercicio 2008 como va a quedar ? ya que sus ingresos de arrendamiento de casa habitacion del 2007 fueron solamente $ 36,000.00
pregunto:
a ) tiene que presentar pagos provisionales de ISR ?
b ) Tiene que PRESENTAR Y PAGAR PAGOS PROVISIONALES DEL IETU ?


Saludos, homerboy.

LISR 143, tercer parrafo:
Los contribuyentes que unicamente obtengan ingresos de los señalados en este Capitulo, cuyo monto mensual no exceda de diez salarios minimos generales vigentes en el Distrito Federal elevados al mes, no estaran obligados a efectuar pagos provisionales.

Resolucion Miscelanea Fiscal, regla 17.10, primer parrafo:
17.10. Para los efectos del articulo 9 de la Ley del IETU, los contribuyentes a que se refiere el articulo 143, tercer parrafo de la Ley del ISR, podran no efectuar pagos provisionales del IETU.

[/quote]


Gracias !!!!

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18 años 6 meses antes #23068 por alonso_chavez
Respuesta de alonso_chavez sobre el tema Re:Arrendamiento de inmbuebles.
Coincido con atperez al señalar que el IVA pagado por los gastos de la actividad puede ser acreditable, ya que si estos (los gastos), efectivamente cumplen con requisitos de deducibilidad independientemente de su aplicaciòn como una deducciòn, se cumple el requisitos para que la ley del IVA si lo considere como acreditable

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