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cursos de ietu en el sat

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18 años 6 meses antes #23284 por kreator
estimados colegas chequen en sus sats locales pues al menos aqui en el sureste se estan dando una especie de talleres (de hecho lo hacen por regimenes fiscales es decir , honorarios, arrendamiento p.f. regimen intermedio etc) en donde tratan tanto del isr como del ietu para cada regimen en especifico y por mas malo que pueda ser el asesor cuando menos sueltan algunos tips de como la autoridad considera cada tipo de casos y si me permiten tratare de transcribir tanto como pude conocer sobre el tema

por ejemplo apesar de que en el ejemplo del programa ayudaietu (que como ya se comento publicaron un programa nuevo ayer 210208 y que se supone que esta version ya corrige algunos problemas en el rubro de credito por inversiones que se supone tenia la version anterior) se supone que calcula el impto de enero y considera dentro de los acreditamientos las aportaciones de seguridad social en el mes de enero 2008, ojo no se vayan con la finta pues en la practica el imss afore e infonavit pagado en enero es el correspondiente a dic07 y por lo tanto (por que asi lo contempla la ley del ietu) no se podria acreditar y nos tenemos que esperar hasta el pago de febrero y ahi si podremos acreditar el imss pagado en febrero (que corresponderia al imss de de enero08)

en cuanto al programa de ayuda y al de envio de informacion para ietu en ambos casos las deducciones si pueden ser mayores a los ingresos pero lo que no permiten ambos programas es que si hay base e impuesto causado es que los acreditamientos (todos los que sean) sean mayores al impuestos causado, si sucede esto en ambos programas pondremos los acreditamientos hasta el monto del impuesto causado, y para los que les de problema el cierre de ambos programas (sobre todo la validacion y encriptacion de la informativa de ietu) el truco es poner un cero en el rubro \"pagos provisionales de ietu efectuados con anterioridad\" y solo asi podra cerarse el programa de informativas segun la expositora del sat

ojo los ingresos que se acumulan para ietu son los facturados y cobrados en enero 2008, si alguien llegara a tener algun cobro de alguna factura emitida en 2007 y cobrada en este año no seria base de ietu (a menos que se trate de cobros en parcialidades como lo haria electra o cualquie tienda de abonos chiquitos pa pagar de por vida)

pregunte que pasa con los recargos y malas noticia, por ejemplo si alguien en enero pago de manera extemporanea iva o imss y este pago tubiera recargos estos no serian deducibles para ietu pues como corresponden a impuestos causados en años anteriores segun el sat no cumplirian con requisitos para ser deducidos para ietu pues aun que se paquen los recargos en este año segun el sat emanan de impuestos de años anteriores y forman parte de la misma naturaleza del impuesto pagado espontaneamente

ni modo esto les va a caer bien mal, regla miscelanea 17-6 que nos remite al art 31 XIX lisr (que por cierto a pesar que la ley de ietu no maneja el concepto de gastos, la fraccion del articulo en comento si habla de gastos, bueno segun el sat que lo que chente quizo decir (perdon el esbelto cartens) es que esa regla lo que queria regular era para el caso de pago de inversiones parcialmente pagadas entre 2 años consecutivos; explico, segun la chica del sat pongamos como ejemplo que tenemos una maquinaria de 30000 pesos y en oct07 pagamos 10000, y que los 20000 restantes los pagamos en el transcurso de 2008, bueno segun ellos que este articulo lo que trataba de cubrir era aquellos pagos de activos facturados en 2007 y que se termina de pagar en 2008 y que con esto se abre la puerta para que dichos pagos sean deducibles para ietu (recordemos que los activos fijos y demas inversiones para ietu no tienen tratamiento de depreciacion sino que se van directo a deduccion conforme estas sean pagadas) aqui lo malo del asunto es que asi de botepronto como esta redactada actualmente esa regla pareciera ser que abriera la puerta a cualquier gasto de 2007 pagado en 2008 (los mas aventados dicen que hasta el imss y sueldos se colaria ahi situacion que no comparto pero bueno) y que segun esta chica para evitar mas controversia que lo que se quizo decir en esta regla en ves de que se corrija la regla lo que pretende la autiridad es plasmar la interpretacion de esta como criterio interno, no pos si
una buena si por casualidad les da cero al llenar la informativa del ietu pasa lo siguiente

Cuando no exista IETU a PAGAR No se deberá presentar declaración de razones o estadistica en ceros.
(COM 7591) y se requisitará el listado de conceptos del impuesto empresarial a tasa única,
IETU 2008 de la siguiente forma:
en el programa de envio donde dice \"datos informativos del pago y/o razones por la que no se realiza pago\" en el apartado \"indique si presento\" seleccionaran \"razones por la que no se realiza\" y en donde dice \"numero de operacion del pago asignado por el banco o el sat\" ahi le pondran cero, y Se aclara que en el campo: “Fecha de entero o presentación de la declaración”, se colocará la fecha en que se envíe al SAT el listado de conceptos., la referencia legal pues salvo que otro colega sepa el unico lugar donde pueden hayar lo que les dije es en los ejemplos de casos practicos que trae el programa ayudaietu lo curioso es que solo esta en los ejemplos para regimen intermedio y pers. moral, para honorarios y arrendamiento el ejemplo no lo contempla, raro no
espero que lo siguiente le pueda ser util a alguien y mil disculpas por lo extenso

pd por cierto alguien sabe que hacer o como corregir si el programa ayudaietu saca una ventana donde pide password si saben como solucionarlo se agradeceria

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18 años 6 meses antes #23329 por licemel
Respuesta de licemel sobre el tema Re:cursos de ietu en el sat
asi es esos cursos del sat sirven mucho sobre todo por que te dan tips que solo ellos saben... yo he ido a varios y si me han despejado varias dudas...


lo del envio de la estadistica cuando no hay pago tambien me lo mencionaron aqui en el centro nacional de consulta.,, pues dijeron q no se tiene que enviar, ya con el hecho de enviar el listado de conceptos se tiene por cumplida la obligacion de ietu

y lo de la herramienta del ietu, tengo el mismo problema...

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18 años 6 meses antes #23331 por elsy_fdz
Respuesta de elsy_fdz sobre el tema Re:cursos de ietu en el sat
Hola, y que pasa si presente la estadistica del ietu en ceros?

C.P. ELSA FERNANDEZ

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18 años 6 meses antes #23332 por elsy_fdz
Respuesta de elsy_fdz sobre el tema Re:cursos de ietu en el sat
Hola, y que pasa si presente la estadistica del ietu en ceros?

C.P. ELSA FERNANDEZ

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18 años 6 meses antes #23336 por kreator
Respuesta de kreator sobre el tema Re:cursos de ietu en el sat
segun el subadmin del sat local de merida no hay problema si se presento la estadistica en ceros mas el de la \"especificaciones de datos\", solo que ojo la declaracion de conceptos esa siempre se tiene que presentar es decir quien presente la estadistica no debe creer que ya cumplio solo con eso la \"Especificaciones de llenado para los campos informativos del pago y/o razones por las que no se realiza el pago\" igual va
el presentar la estadistica en ceros seria llenarse de papeles (con el riesgo de elaborarla mal)
eso si hay colegas que dicen que la pseudo referencia legal para no presentarla es muy endeble y prefieren seguir con la estadistica asi que eso se los dejo a su criterio

bueno acabo de encontrar lo siguiente ya esta en la pagina del sat y esta si seria una buena referencia legal como lo dictaria resolucion miscelanea (ya saben que si esta publicado en la pagina algun procediento a favor del contribuyente pues este sera valido), espero les sirva

www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacio...a2008/137_11038.html

Mensaje editado por: kreator, el: 22/02/2008 13:30

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