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subsidio al empleo

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18 años 6 meses antes #23320 por TRS
subsidio al empleo Publicado por TRS
buenos dias

puedo acreditar el subsido al empleo contra isr propio.

gracias

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  • Saúl Castro Vázquez
  • Fresh Boarder
  • Fresh Boarder
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18 años 6 meses antes #23335 por Saúl Castro Vázquez
Respuesta de Saúl Castro Vázquez sobre el tema Re:subsidio al empleo
TRS escribio:

buenos dias

puedo acreditar el subsido al empleo contra isr propio.

gracias



SUBSIDIO PARA EL EMPLEO<o:p></o:p>

ARTÍCULO OCTAVO. Se otorga el subsidio para el empleo en los términos siguientes: <o:p></o:p>

I. Los contribuyentes que perciban ingresos a que se refieren el primer párrafo o la fracción I del artículo 110 de <st1:PersonName w:st=\"on\" ProductID=\"la Ley\">la Ley</st1:PersonName> del Impuesto sobre <st1:PersonName w:st=\"on\" ProductID=\"la Renta\">la Renta</st1:PersonName>, excepto los percibidos por concepto de primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos por separación, gozarán del subsidio para el empleo que se aplicará contra el impuesto que resulte a su cargo en los términos del artículo 113 de la misma Ley. El subsidio para el empleo se calculará aplicando a los ingresos que sirvan de base para calcular el impuesto sobre la renta que correspondan al mes de calendario de que se trate, la siguiente:

<o:p></o:p>

<o:p></o:p>

En los casos en que el impuesto a cargo del contribuyente que se obtenga de la aplicación de la tarifa del artículo 113 de <st1:PersonName w:st=\"on\" ProductID=\"la Ley\">la Ley</st1:PersonName> del Impuesto sobre <st1:PersonName w:st=\"on\" ProductID=\"la Renta\">la Renta</st1:PersonName> sea menor que el subsidio para el empleo mensual obtenido de conformidad con la tabla anterior, el retenedor deberá entregar al contribuyente la diferencia que se obtenga. El retenedor podrá acreditar contra el impuesto sobre la renta a su cargo o del retenido a terceros las cantidades que entregue a los contribuyentes en los términos de este párrafo . Los ingresos que perciban los contribuyentes derivados del subsidio para el empleo no serán acumulables ni formarán parte del cálculo de la base gravable de cualquier otra contribución por no tratarse de una remuneración al trabajo personal subordinado.

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