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PLAZO PARA AMORTIZAR PERDIDAS

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18 años 6 meses antes #23341 por nlz
Buenas tardes compañeros, tengo algunas dudas de la correcta interpretacion del art 61 de la LISR en el segundo parrafo que dice.

La pérdida fiscal ocurrida en un ejercicio podrá disminuirse de la utilidad fiscal de los diez ejercicios siguientes hasta agotarla.

yo interpreto que si una PM determina una perdida fiscal en un ejercicio tiene los diez ejercicios consecutivos siguientes para poder amortizarla y si despues de ese plazo tienes un remanente lo pierdes, en otras palabras si tengo una perdida en el 2001 mi plazo para poder amortizarla es hasta el 2010.

pero hay quienes interpretan lo siguiente:

si una PM determina en un ejercicio perdida fiscal tiene un plazo de 10 ejercicios siguientes ( con utilidad fiscal) para amortizar, en otras palabras si una PM determino una perdida fiscal en un ejercicio y en el siguiente le vuelve a resultar una perdida aqui no pierde un año de los diez del plazo que señala el art 61 ya que en este segundo no hubo con que amortizarla y si en el tercer ejercicio resulta una utilidad fiscal amortiza la perdida del primer ejercicio y si todavia le resulta remanente aqui consideran que fue al primer ejercicio que usa de los diez que menciona el plazo.

No se si me explique y sea correcto esta interpretacion.


Una ultima pregunta ¿ Que pasa cuando una PM suspende actividades por un periodo de 5 años y despues reanuda, esos 5 años en que estuvo en suspension se toman en cuenta dentro de los diez que menciona el Art 61 LISR o no los considero, ustedes que opinan ?

Gracias.

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18 años 6 meses antes #23420 por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re:PLAZO PARA AMORTIZAR PERDIDAS
Interesante para mi lo que planteas, inquietante para otros, peligroso para muchos...

Aplicar durante los diez ejercicios siguientes es la practica comun, conservadora diran algunos...

Aplicar en diez ejercicios en los que haya utilidad es un tanto arriesgado dira la mayoria, la Ley no lo estipula en forma clara diran los atrevidos...

Si suspende operaciones algunos siguen contando los diez ejercicios, ya dijimos que la practica comun es esa... hay quienes suspenden el conteo... cada grupo sus razones tendra...

¿conservador?, ¿audaz?, ¿irreverente?, cada quien es como quiere ser...

Esperemos mejores comentarios.

Saludos.

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