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Recargos pagados en IETU
- Smarin
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18 años 6 meses antes #24081
por Smarin
Recargos pagados en IETU Publicado por Smarin
¿Serán deducibles los recargos pagados en este mes por adeudos fiscales de impuestos del ejercicio anterior inclusive retenciones para efectos del IETU ?
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- LOBOZAC
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18 años 6 meses antes #24105
por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re: Recargos pagados en IETU
que te dice la ley de isr al respecto ?....ya buscaste ?........art 32.comenta por favor
saludos
y gracias por tus aportacionesfiscales
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- Cpedgarivan
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18 años 6 meses antes #24110
por Cpedgarivan
\"Si el hombre no ha descubierto algo por lo k cree k vale la pena morir no esta hecho para vivir\"
Respuesta de Cpedgarivan sobre el tema Re: Recargos pagados en IETU
SI ES DEDUCIBLE EN ISR EN MI OPINION ES DEDUCIBLE EN IETU.
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- Smarin
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18 años 6 meses antes #24118
por Smarin
Respuesta de Smarin sobre el tema Re: Recargos pagados en IETU
Son deducibles los recargos efectivamente pagados segun el 32 de la del ISr, pero mi duda es si estos provenian de contribuciones de ejercicios anteriores ya que el decimo quinto transitorio menciona que lo dispuesto en el artículo 5 fracción II primer párrafo dice que no será aplicable a contribuciones causadas con anterioridad al 1 de enero de 2008, AUN CUANDO EL PAGO DE LAS MISMAS SE REALICE CON POSTERIORIDAD A DICHA FECHA.
El código fiscal define en el artículo 2 Fracción IV parrafo 3 que los recargos son accesorios de las contribuciones y participan de la naturaleza de estas y ahí esta mi duda:S
El código fiscal define en el artículo 2 Fracción IV parrafo 3 que los recargos son accesorios de las contribuciones y participan de la naturaleza de estas y ahí esta mi duda:S
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18 años 6 meses antes #24140
por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re: Recargos pagados en IETU
Smarin
En opinion y en apego a tu pregunta sobre el IETU...no es deducible, ya que dichos recargos derivan de un ejercicio anterior....y el IETU entro en vigor el 01-01-08....y eso lo reafirma el decimo quinto transitorio del IETU...
saludos
En opinion y en apego a tu pregunta sobre el IETU...no es deducible, ya que dichos recargos derivan de un ejercicio anterior....y el IETU entro en vigor el 01-01-08....y eso lo reafirma el decimo quinto transitorio del IETU...
saludos
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- Carlos27
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18 años 6 meses antes #24152
por Carlos27
C.P. Carlos Escobar Rios
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e-mail: carlos.rios@aak.com y er27_carlos@hotmail.com
Respuesta de Carlos27 sobre el tema Re: Recargos pagados en IETU
Hola C.P. Hugo. aqui haciendome presente jeje
Pues deja te doy mi opinion que por cierto es la misma pregunta que alguien hizo en otro foro. jeje
Son no deducibles antes y despues del 2008.
El art. 5 de la LIETU nunca te menciona que los puedas deducir por tal motivo son no deducibles.
Alguien me dijo que si son deducibles segun la fracc IV del art 6 de la LIETU y el segundo parrafo de la fracc I del art 32 de la LISR
A lo cual le conteste que el articulo 5 te habla de las deducciones autorizadas, y el art. 6 te habla de los requisitos que deben de cumplir esas deducciones que te estipula el art. 5.
Asi que, aunque cumplas con el requisitos de la fracc. IV del art. 6, si el 5 no te lo menciona es no deducible.
Sin embargo si es deducible para ISR.
Pues deja te doy mi opinion que por cierto es la misma pregunta que alguien hizo en otro foro. jeje
Son no deducibles antes y despues del 2008.
El art. 5 de la LIETU nunca te menciona que los puedas deducir por tal motivo son no deducibles.
Alguien me dijo que si son deducibles segun la fracc IV del art 6 de la LIETU y el segundo parrafo de la fracc I del art 32 de la LISR
A lo cual le conteste que el articulo 5 te habla de las deducciones autorizadas, y el art. 6 te habla de los requisitos que deben de cumplir esas deducciones que te estipula el art. 5.
Asi que, aunque cumplas con el requisitos de la fracc. IV del art. 6, si el 5 no te lo menciona es no deducible.
Sin embargo si es deducible para ISR.
C.P. Carlos Escobar Rios
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