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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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VENTA DE ACCIONES PAGO DE IMPUESTO
- ANAID
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TENGO UNA GRAN DUDA POR LA VENTA DE ACCIONES DE UN SOCIO.
ESTA EMPRESA CONTA DE 6 ACCIONISTAS Y UNO DE ELLOS SE VA DEL PAIS Y LOS 5 SOCIOS RESTANTES COMPRARAN SUS ACCIONES.
MI DUDA ES REFERENTE AL ART. 154 DE LISR YA QUE MENCIONA QUE EXISTE UNA RETENCION DEL 20%, PERO A SU VEZ MENCIONA UNA EXCEPCION... EL LIMITE DE $227,400 CON EL CUAL YA NO HABRA PAGO PROVISIONAL NI RETENCION..
ENTONCES SI LA VENTA DE ACCIONES DE ESTE SOCIO ES DE $80,000 NINGUNO DE LOS SOCIOS ESTARIA OBLIGADO A INFORMAR LA PARTE PROPORCIONAL QUE ABSORBERA ($16,0000)
OTRA DUDA, LA INVERSION ORIGINAL ES DE $60,000 Y LE PAGARAN $80,000 AUNQUE EL CAPITAL SOCIAL SEGUIRA VIENDOSE REFLEJADO COMO LOS MISMOS $ 60,000 COMO SE MANEJARIAN ESOS $20,000 ADICIONALES
GRACIAS POR SU ORIENTACION
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El artículo 24 de Renta señala el procedimiento que debes seguir para determianr la ganancia en la enajenación de acciones, dale una revisada.
Por otra parte, la exención de los 227,400.00 del artículo 154 NO aplica para enajenación de acciones, es para bienes muebles distintos de de títulos valor o de partes sociales.
Luego, síu existe retención.
Finalemnte, la oepración de compra venta es entre personas físicas y no afectan a la empresa. Por lo tanto, el capital de la misma no se ve afectado.
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SALUDOS
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- mozart
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Anad:
El artículo 24 de Renta señala el procedimiento que debes seguir para determianr la ganancia en la enajenación de acciones, dale una revisada.
Por otra parte, la exención de los 227,400.00 del artículo 154 NO aplica para enajenación de acciones, es para bienes muebles distintos de de títulos valor o de partes sociales.
Luego, síu existe retención.
Finalemnte, la oepración de compra venta es entre personas físicas y no afectan a la empresa. Por lo tanto, el capital de la misma no se ve afectado.
SEGURO ?????????.... !! cuidado !!!!...
Inversion de accinistas ( accion )
Son aquellos efectuados en titulos de valor REPRESENTATIVOS DEL CAPITAL.....esta definicion se refiere fundamentalmente cuando los inversionistas ( sopcios ) adquieren mas control SOBRE EL CAPITAL ( tambien por otras razones )
estas por lo regular son de caracter a largo plazo, pero NO se pueden considerarse de una naturaleza de largo plazo puesto que tales acciones pueden ser objeto de cancelacion, venta, reembolso, donacion, liquidacion y en gral cualquier otro evento o situacion que la empresa deje de poseerla...
saludos
pdta.- por lo simple de la pregunta, no se puede valorar mas...
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Al referirme que no existe variación en el cpital debí puntualizar que se trata del SOCIAL, puesto que el valor nominal de las acciones nos varía con la enajenación.
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