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devolucion en declarasat se pone BITAL O HSBC,
- ARTHURFORTUNA
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18 años 4 meses antes #26485
por ARTHURFORTUNA
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devolucion en declarasat se pone BITAL O HSBC, Publicado por ARTHURFORTUNA
Hola que talcolegas,presentando una declaracion anual de un cliente salio impuesto a favor, pero al momento de darle el nombre dle banco '
y cuenta presione la ayuda y en los lineamientos me marca que debe ser el nombre del banco BITAL, siendoq ue ahora es hsbc, que sugieren poner
hsbc o bital???
y cuenta presione la ayuda y en los lineamientos me marca que debe ser el nombre del banco BITAL, siendoq ue ahora es hsbc, que sugieren poner
hsbc o bital???
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C.P. José A. Cruz R.
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- a_cano
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18 años 4 meses antes #26489
por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re: devolucion en declarasat se pone BITAL O HSBC,
Buena tarde:
El nombre actual del Banco es: HSBC México S. A.
Saludos
El nombre actual del Banco es: HSBC México S. A.
Saludos
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18 años 4 meses antes #26491
por ARTHURFORTUNA
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Respuesta de ARTHURFORTUNA sobre el tema Re: devolucion en declarasat se pone BITAL O HSBC,
si, oero mira lo que me aparece en el declarasat:
ISR: Pagos en parcialidades/Compensación ó Devolución
ISR: Pagos en parcialidades
Si como resultado del cálculo del Impuesto Sobre la Renta del ejercicio 2007, se determina que existe una cantidad a su cargo, podrá efectuar el pago hasta en seis parcialidades, mensuales y sucesivas, siempre que la declaración anual se presente en tiempo.
Saldo a cargo
Número de parcialidades: Capture el número de parcialidades –de dos a seis- en las que desee cubrir su adeudo por impuesto sobre la renta anual.
De optar por pagar en parcialidades, la primera de ellas se deberá cubrir al presentar su declaración anual. No existe obligación de garantizar el interés fiscal, sin embargo, en un plazo máximo de 5 días hábiles contados a partir del siguiente día hábil de la fecha de presentación de la declaración anual, deberá presentar escrito libre ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, anexando copia de la declaración anual respectiva o, en su caso, del acuse de recibo electrónico con sello digital de la información de la declaración anual, así como del recibo bancario de pago de contribuciones, productos y aprovechamientos federales.
Las posteriores parcialidades se cubrirán durante cada uno de los siguientes meses de calendario, utilizando para ello exclusivamente el formato que se deberá solicitar ante la Administración Local de Recaudación que corresponda a su domicilio fiscal. La última parcialidad deberá cubrirse a más tardar en el mes de septiembre de 2008.
Una vez que haya ejercido la opción de pagar en parcialidades, no podrá variarla.
(Regla 3.11.8 de la RMF 2007).
ISR: Compensación ó devolución
Si como resultado del cálculo del Impuesto Sobre la Renta del ejercicio 2007, se determina que existe una cantidad a su favor, podrá optar por efectuar su compensación contra saldos a cargo que se generen en sus declaraciones posteriores (provisionales, mensuales o anuales de otros ejercicios), o bien, por solicitar su devolución.
Saldo a favor: Compensación o devolución
Seleccione la opción elegida para recuperar el saldo a favor de Impuesto Sobre la Renta, misma que no podrá variarse una vez que se haya señalado en el formulario (13 ó 13-A). (Regla 2.2.2 de la RMF 2007)
Si opta por la devolución de su saldo a favor del Impuesto Sobre la Renta, cuando el monto determinado sea igual o superior a $10,000.00, deberá firmar electrónicamente su declaración utilizando para ello su Firma Electrónica Avanzada (Fiel antes FEA) a efecto de que proceda el trámite. Consecuentemente, para estos casos, siempre será necesario que presente su declaración anual vía Internet.
En caso de que el saldo a favor por el cual se opte por solicitar devolución sea superior a $100,000.00, se deberá realizar el trámite correspondiente mediante la forma oficial 32.
Nombre del banco y número de cuenta CLABE: Cuando opte por la devolución del saldo a favor iniciando el trámite con la presentación de su declaración anual, señale el nombre del banco y el número de cuenta bancaria para transferencias electrónicas a 18 dígitos "CLABE".
Cuando sea procedente y una vez autorizada la devolución, ésta se depositará en el número de cuenta bancaria para transferencias electrónicas "CLABE". En caso de que el depósito no se pueda realizar por causas ajenas a la autoridad, se le comunicará que presente el formato 32, señalando correctamente su número de cuenta bancaria y, acompañando el original que le haya sido notificado.
Al capturar el banco, verifique que la razón social coincida con el siguiente listado:
BANAMEX
SERFIN
BBVA BANCOMER
SANTANDER MEXICANO
BANJERCITO
BITAL
BAJIO
IXE
INBURSA
INTERACCIONES
MIFEL
SCOTIABANK INVERLAT
BANREGIO
INVEX
BANSI
AFIRME
BANORTE
ABN AMRO BANK
AMEX BANK
BANK OF AMERICA
BANK BOSTON
BANCO AZTECA
y no se exista algun porblema si le pongo HSBC
ISR: Pagos en parcialidades/Compensación ó Devolución
ISR: Pagos en parcialidades
Si como resultado del cálculo del Impuesto Sobre la Renta del ejercicio 2007, se determina que existe una cantidad a su cargo, podrá efectuar el pago hasta en seis parcialidades, mensuales y sucesivas, siempre que la declaración anual se presente en tiempo.
Saldo a cargo
Número de parcialidades: Capture el número de parcialidades –de dos a seis- en las que desee cubrir su adeudo por impuesto sobre la renta anual.
De optar por pagar en parcialidades, la primera de ellas se deberá cubrir al presentar su declaración anual. No existe obligación de garantizar el interés fiscal, sin embargo, en un plazo máximo de 5 días hábiles contados a partir del siguiente día hábil de la fecha de presentación de la declaración anual, deberá presentar escrito libre ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, anexando copia de la declaración anual respectiva o, en su caso, del acuse de recibo electrónico con sello digital de la información de la declaración anual, así como del recibo bancario de pago de contribuciones, productos y aprovechamientos federales.
Las posteriores parcialidades se cubrirán durante cada uno de los siguientes meses de calendario, utilizando para ello exclusivamente el formato que se deberá solicitar ante la Administración Local de Recaudación que corresponda a su domicilio fiscal. La última parcialidad deberá cubrirse a más tardar en el mes de septiembre de 2008.
Una vez que haya ejercido la opción de pagar en parcialidades, no podrá variarla.
(Regla 3.11.8 de la RMF 2007).
ISR: Compensación ó devolución
Si como resultado del cálculo del Impuesto Sobre la Renta del ejercicio 2007, se determina que existe una cantidad a su favor, podrá optar por efectuar su compensación contra saldos a cargo que se generen en sus declaraciones posteriores (provisionales, mensuales o anuales de otros ejercicios), o bien, por solicitar su devolución.
Saldo a favor: Compensación o devolución
Seleccione la opción elegida para recuperar el saldo a favor de Impuesto Sobre la Renta, misma que no podrá variarse una vez que se haya señalado en el formulario (13 ó 13-A). (Regla 2.2.2 de la RMF 2007)
Si opta por la devolución de su saldo a favor del Impuesto Sobre la Renta, cuando el monto determinado sea igual o superior a $10,000.00, deberá firmar electrónicamente su declaración utilizando para ello su Firma Electrónica Avanzada (Fiel antes FEA) a efecto de que proceda el trámite. Consecuentemente, para estos casos, siempre será necesario que presente su declaración anual vía Internet.
En caso de que el saldo a favor por el cual se opte por solicitar devolución sea superior a $100,000.00, se deberá realizar el trámite correspondiente mediante la forma oficial 32.
Nombre del banco y número de cuenta CLABE: Cuando opte por la devolución del saldo a favor iniciando el trámite con la presentación de su declaración anual, señale el nombre del banco y el número de cuenta bancaria para transferencias electrónicas a 18 dígitos "CLABE".
Cuando sea procedente y una vez autorizada la devolución, ésta se depositará en el número de cuenta bancaria para transferencias electrónicas "CLABE". En caso de que el depósito no se pueda realizar por causas ajenas a la autoridad, se le comunicará que presente el formato 32, señalando correctamente su número de cuenta bancaria y, acompañando el original que le haya sido notificado.
Al capturar el banco, verifique que la razón social coincida con el siguiente listado:
BANAMEX
SERFIN
BBVA BANCOMER
SANTANDER MEXICANO
BANJERCITO
BITAL
BAJIO
IXE
INBURSA
INTERACCIONES
MIFEL
SCOTIABANK INVERLAT
BANREGIO
INVEX
BANSI
AFIRME
BANORTE
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- a_cano
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18 años 4 meses antes #26492
por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re: devolucion en declarasat se pone BITAL O HSBC,
Buena noche:
Mi estimado si no hay la opción del HSBC, tendrías que marcar la de BITAl, ahora HSBC. La devolución de impuestos se hace con la CLABE, la cual esta formada entre otros datos con el Código del Banco.
Saludos
Mi estimado si no hay la opción del HSBC, tendrías que marcar la de BITAl, ahora HSBC. La devolución de impuestos se hace con la CLABE, la cual esta formada entre otros datos con el Código del Banco.
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- Atshuru
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18 años 4 meses antes #26514
por Atshuru
Respuesta de Atshuru sobre el tema Re: devolucion en declarasat se pone BITAL O HSBC,
No habia reparado en ese detalle, pero en los instructivos que emite el SAT y se encuentran en cualquier administracion, muestran en los ejemplos de devoluciòn, al anco como HSBC y no como BITAL.
Espero no tener problemas, ya que yo la envie con HSBC
saludos
Espero no tener problemas, ya que yo la envie con HSBC
saludos
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- CPMoreno
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18 años 4 meses antes #26523
por CPMoreno
Respuesta de CPMoreno sobre el tema Re: devolucion en declarasat se pone BITAL O HSBC,
Hola Atshuru
Como te comentó a_cano, la referencia para las devoluciones es la CLABE, yo he solicitado anotando HSBC Mexico S A y hasta ahora no he tenido problemas, en devoluciones mensuales de iva
Un saludo
Como te comentó a_cano, la referencia para las devoluciones es la CLABE, yo he solicitado anotando HSBC Mexico S A y hasta ahora no he tenido problemas, en devoluciones mensuales de iva
Un saludo
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