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alguien me puede apoyar con el estimulo de los1800
- velociraptor
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18 años 4 meses antes #26527
por velociraptor
hola, alguien me puede decir como y cual es elfundamento de la aplicacion delestimulo de los 1800 para asalaraidos y asimilados?
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- velociraptor
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18 años 4 meses antes #26528
por velociraptor
Respuesta de velociraptor sobre el tema Re: alguien me puede apoyar con el estimulo de los1800
ya la hayé gracias
3.13.4. Los contribuyentes a que se refiere el artículo 110, primer párrafo y fracción I de la Ley del ISR, que en el ejercicio fiscal de 2007 únicamente hubieran obtenido ingresos acumulables que no excedan de $300,000.00 y que de conformidad con las disposiciones fiscales se encuentren obligados a presentar declaración anual por el citado ejercicio fiscal en el que resulte impuesto a pagar, podrán aplicar el beneficio establecido en el Artículo Noveno del Decreto por el que se exime del pago de contribuciones federales, se condonan recargos de créditos fiscales y se otorgan estímulos fiscales y facilidades administrativas a los contribuyentes que se indican, publicado en el DOF el 23 de abril de 2003
solamente una duda., hace mencion del art. 10 primer parrafo y I fracc. de la LISR, entonces.. un honorarios al consejo de admon no tiene derecho?
3.13.4. Los contribuyentes a que se refiere el artículo 110, primer párrafo y fracción I de la Ley del ISR, que en el ejercicio fiscal de 2007 únicamente hubieran obtenido ingresos acumulables que no excedan de $300,000.00 y que de conformidad con las disposiciones fiscales se encuentren obligados a presentar declaración anual por el citado ejercicio fiscal en el que resulte impuesto a pagar, podrán aplicar el beneficio establecido en el Artículo Noveno del Decreto por el que se exime del pago de contribuciones federales, se condonan recargos de créditos fiscales y se otorgan estímulos fiscales y facilidades administrativas a los contribuyentes que se indican, publicado en el DOF el 23 de abril de 2003
solamente una duda., hace mencion del art. 10 primer parrafo y I fracc. de la LISR, entonces.. un honorarios al consejo de admon no tiene derecho?
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- MEGATON
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18 años 4 meses antes #26548
por MEGATON
Respuesta de MEGATON sobre el tema Re: alguien me puede apoyar con el estimulo de los1800
CHECA ESTA TABLITA
Estímulo fiscal de 1,800 pesos
Las personas que durante el 2007 únicamente hayan percibido ingresos por salarios que no excedan de $300,000.00, pero que se encuentren obligados a presentar declaración anual y les resulte impuesto sobre la renta a pagar, podrán aplicar (restar) un estímulo fiscal de 1,800 pesos, la diferencia que en su caso resulte a cargo se deberá pagar conforme a las disposiciones fiscales.
Si el impuesto a cargo es menor que el estímulo citado, sólo se aplicará hasta por la cantidad que resulte a cargo.
Las personas que únicamente perciban ingresos por salarios no podrán aplicar el estímulo de 1,000 pesos previsto en el Decreto publicado en el Diario Oficial el 4 de marzo de 2008.
Para mayor información, a continuación se señala en qué casos se puede aplicar cada uno de los estímulos antes citados.
Ingresos por salarios Otros ingresos (1) Estímulo fiscal de $1,800 Estímulo fiscal de $1,000
Menos $300,000 Sí No
Dos patrones:
Patrón A $ 200,000 Patrón B $ 100,000 Sí No
Más de $ 300,000 No No
Dos patrones:
Patrón A $ 300,000 Patrón B $ 210,000 No No
$ 280,000 $20,000 (intereses) No Sí
$ 300,000 $ 0 (2) Sí No
$ 370,000 $ 0 (2) No No
$ 300,000 $160,000 No Sí
$ 420,000 $ 250, 000 No Sí
$ 650,000 No Sí
(1) Son los ingresos que obtiene por concepto de intereses, arrendamiento, honorarios, actividad empresarial, dividendos, etc.
(2) No obtuvo ingresos pero está inscrito en el RFC.
Estímulo fiscal de 1,800 pesos
Las personas que durante el 2007 únicamente hayan percibido ingresos por salarios que no excedan de $300,000.00, pero que se encuentren obligados a presentar declaración anual y les resulte impuesto sobre la renta a pagar, podrán aplicar (restar) un estímulo fiscal de 1,800 pesos, la diferencia que en su caso resulte a cargo se deberá pagar conforme a las disposiciones fiscales.
Si el impuesto a cargo es menor que el estímulo citado, sólo se aplicará hasta por la cantidad que resulte a cargo.
Las personas que únicamente perciban ingresos por salarios no podrán aplicar el estímulo de 1,000 pesos previsto en el Decreto publicado en el Diario Oficial el 4 de marzo de 2008.
Para mayor información, a continuación se señala en qué casos se puede aplicar cada uno de los estímulos antes citados.
Ingresos por salarios Otros ingresos (1) Estímulo fiscal de $1,800 Estímulo fiscal de $1,000
Menos $300,000 Sí No
Dos patrones:
Patrón A $ 200,000 Patrón B $ 100,000 Sí No
Más de $ 300,000 No No
Dos patrones:
Patrón A $ 300,000 Patrón B $ 210,000 No No
$ 280,000 $20,000 (intereses) No Sí
$ 300,000 $ 0 (2) Sí No
$ 370,000 $ 0 (2) No No
$ 300,000 $160,000 No Sí
$ 420,000 $ 250, 000 No Sí
$ 650,000 No Sí
(1) Son los ingresos que obtiene por concepto de intereses, arrendamiento, honorarios, actividad empresarial, dividendos, etc.
(2) No obtuvo ingresos pero está inscrito en el RFC.
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