Hola Vicky0273, al igual que tu estoy en mi primer participacion
respecto a tu inquietud:
Efectivamente, los pagos que se realicen por personas físicas o morales que tengan contratados hasta 20 trabajadores, podrán gozar de la deducción de un salario mínimo elevado al mes. Esta deducción se podrá realizar hasta por 5 trabajadores, es decir, el patrón podrá deducir un salario mínimo elevado al mes por cada uno de los cinco trabajadores.
En el caso de que el trabajador perciba un sueldo mayor al salario mínimo, el patrón, independientemente de que puede deducir el importe de cinco salarios mínimos elevados al mes, deberá pagar el impuesto por esa diferencia.
Para acogerse a este beneficio se deberá considerar la suma total de empleados contratados en cada una de las sucursales, en caso de que se tengan.
Si cuenta con menos de 5 trabajadores podrá gozar del beneficio pero sólo por la cantidad de trabajadores con los que cuenta, es decir, si tiene tres, únicamente deducirá tres salarios mínimos, si tiene 2 empleados deducirá 2, etc..
En la pagina del gobierno de sonora, busca la opcion Pago de ISRTP te solicita el RFC (por cierto debes estar dada de alta en el padron), te va enviar a a una calculadora donde te va solicitar numero de empleados y cantidad base, y en automatico te dara la cantidad a pagar.
Espero te ayude mi comentario. y si aun deseas un ejemplo te puedo enviar una hoja de excel con un ejemplo.
Saludos
\"Un egoista es aquel que se empeña en hablarte de si mismo cuando tu te estas muriendo de ganas de hablarle de ti\" Jean Cocteau