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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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Dijo su mama que siempre si se acred IDE

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18 años 4 semanas antes - 18 años 4 semanas antes #31869 por BR1
ANTEPROYECTO

TERCERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2008 y su Anexo 7


Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 3, fracción XX del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria se resuelve:


Unico. Para los efectos de la regla I.11.28., respecto de los meses de agosto y septiembre de 2008, cuando por causas no imputables a los contribuyentes se recaude el IDE en forma extemporánea dentro de los primeros diez días del mes inmediato siguiente al mes de que se trate, se podrá considerar que dicho IDE fue efectivamente pagado en el mes al que corresponda el periodo de recaudación, siempre que la recaudación referida se incluya en la constancia mensual que acredite el entero del IDE correspondiente a dicho mes.

Lo señalado en el párrafo anterior no será aplicable al IDE recaudado por adquisiciones en efectivo de cheques de caja ni por depósitos a plazo cuyo monto individual exceda de $25,000.00.

Transitorios


Unico. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Atentamente.
México, D. F., a ___ de agosto de 2008
El Jefe del Servicio de Administración Tributaria.



Alfredo Gutiérrez Ortiz


¿Se les olvido Julio o de plano no se leer? :blink:
Última Edición: 18 años 4 semanas antes por BR1.

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18 años 4 semanas antes #31872 por LCRUIZUSCANGA
UPS...CREO QUE SE LES PASO EL MES DE JULIO....TRATAN DE CORREGIR ALGO Y LO DEJAN PIOR....


SALUDOS...

L.C. Jesus Ruiz

**Es mi mas humilde opinión**
**Nunca castigues a la fiera que no puedas aniquilar**
**La perseverancia permite llegar tan alto, como uno se lo proponga**

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18 años 4 semanas antes #31878 por Daniel_Gtz
No sera Julio en Agosto, y Agosto en Septiembre????

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18 años 4 semanas antes #31882 por BR1
"respecto de los meses de agosto y septiembre de 2008, cuando por causas no imputables a los contribuyentes se recaude el IDE en forma extemporánea dentro de los primeros diez días del mes inmediato siguiente al mes de que se trate, se podrá considerar que dicho IDE fue efectivamente pagado en el mes al que corresponda el periodo de recaudación, siempre que la recaudación referida se incluya en la constancia mensual que acredite el entero del IDE correspondiente a dicho mes"

Sigo creyendo que, se trata de los meses de agosto y septiembre, y el IDE que se recaude los primeros 10 días del mes inmediato "siguiente" al mes que se trate....., ya que, si incluyese Julio, debería decir "respecto a los meses de julio, agosto y septiembre, cuando por causas no imputables a los contribuyentes se recaude el IDE en forma extemporanea dentro de los primeros diez días del mes inmediato SIGUIENTE

Espero estar equivocado en mi interpretación, ya que me "pega"

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18 años 4 semanas antes #31883 por ramiro9
Pues si Bruno, es lo que yo interpreto tambien, pero solo es anteproyecto esperemos que incluyan el mes de Julio tambien.
ya que se dieron cuenta de la situacion pues que lo hagan de una vez tambien por el mes que les falta..ches gandallas :D

Saludos

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18 años 4 semanas antes #31886 por velociraptor
lo que si hay que ver que dice "por causas no imputables al contribuyente" esto para los que si tengan saldo pero les retengan extemporáneamente en los primeros 10 dias

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