- Mensajes: 150
- Gracias recibidas: 0
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
Recordatorio a todos los usuarios de los foros:
5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.
COMO CONTABILIZAR...
- SANDRIWIS
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Expert Boarder
-
ME PRESENTOCON LA SIGUIENTE DUDA..
EN RESPECTO AL IMPUESTO DE LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO...
MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE
QUE TRATAMIENTO CONTABLE SE LE DA???
GRACIAS DE ANTEMANO POR SUS RESPUESTAS
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- puma1
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
- Les comparto una postal de Kim Kardashian
- Mensajes: 557
- Gracias recibidas: 0
Familia y Conocimiento.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- SANDRIWIS
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Expert Boarder
-
- Mensajes: 150
- Gracias recibidas: 0
Considerando que no es un impuesto a la utilidad, no le aplica en boletin NIF D-4 "impuestos a la utilidad". Este impuesto, en terminos generales acreditable contra el ISR, se debera reflejar como un activo por recuperar via acreditamiento.
una pregunta mas , el asiento contable como quedaria???
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- contadorg
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
- Mensajes: 564
- Gracias recibidas: 0
IDE retenido
(cuenta de activo)
Abono a
Bancos
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- MARIOAL
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
- The Mystery Machine
- Mensajes: 404
- Gracias recibidas: 0
puma1 escribió:
Considerando que no es un impuesto a la utilidad, no le aplica en boletin NIF D-4 "impuestos a la utilidad". Este impuesto, en terminos generales acreditable contra el ISR, se debera reflejar como un activo por recuperar via acreditamiento.
una pregunta mas , el asiento contable como quedaria???
Como estas SANDRIWIS:
Los contribuyentes pueden acreditar (restar ) el monto del IDE EFECTIVAMENTE PAGADO en el MISMO MES contra el monto del pago provisional del ISR del mes de que se trate.
Cargas a impuestos pagados por anticipados
abonas a bancos
como los pagos provisionales del ISR, y le puedes llamar a la cuenta impuesto a los depositos en efectivo, Se supone que las retenciones son de julio y lo puedes disminuir de los impuestos de julio.
Se ACREDITA contra el pago provisional de ISR, y contra el retenido a terceros como el de sueldos, honorarios.
Lo que te quede se COMPENSA contra otras contribuciones federales como el IETU y el IVA.
Y si te quedara alguna diferencia se puede solicitar su devolucion, siempre que sea dictaminada por contador publico registrado.
Y ACREDITAMIENTO del IDE anual:
El IDE pagado tambien puede restarse del impuesto anual, salvo que haya sido acreditado contra el impuesto sobre la renta retenido a terceros, compensado contra otras contribuciones federales a su cargo o solicitado en devolucion.
saludos
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- MARIOAL
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
- The Mystery Machine
- Mensajes: 404
- Gracias recibidas: 0
Cargo a
IDE retenido
(cuenta de activo)
Abono a
Bancos
Como esta contadorg, en lo que respecta a de que forma se puede hacer el registro contable, pudiera manejarse tipo provision; es decir estaria correcto hacer el siguente asiento:
asiento 1 mes al que corresponde la retención del ide
cargo a ide retenido del mes
abono a ide por pagar
asiento 2 mes en que aparece reflejado en el edo. de cta.
cargo a ide por pagar
abono a bancos
agradeceria algun comentario al respecto, saludos
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.