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PEÑO CONTRIBUYENTE Y COMISIONISTA?
- nicte
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18 años 3 días antes #33589
por nicte
PEÑO CONTRIBUYENTE Y COMISIONISTA? Publicado por nicte
HOLA A TODOS MI DUDA ES LA SIGUIENTE:
PUEDO ESTAR BAJO EL REGIMEN DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES Y AL MISMO TIEMPO DAR DE ALTA A LA OBLIGACION DE COMISIONISTA?
GRACIAS POR LA ATENCION.
PUEDO ESTAR BAJO EL REGIMEN DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES Y AL MISMO TIEMPO DAR DE ALTA A LA OBLIGACION DE COMISIONISTA?
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- velociraptor
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18 años 3 días antes #33598
por velociraptor
Respuesta de velociraptor sobre el tema Re: PEÑO CONTRIBUYENTE Y COMISIONISTA?
no, art. 137 parrafo V LISR
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- nicte
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18 años 3 días antes #33601
por nicte
Respuesta de nicte sobre el tema Re: PEÑO CONTRIBUYENTE Y COMISIONISTA?
GRACIAS POR LA REPUESTA. Y TOMARE ENCUENTA QUE ES LO QUE MAS ME CONVIENE.
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- a_cano
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18 años 3 días antes #33606
por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re: PEÑO CONTRIBUYENTE Y COMISIONISTA?
Buen día:
El quinto párrafo del artículo 137 de la LISR, dispone que no podrán pagar el impuesto en los términos de esta Sección (Del Régimen de Pequeños Contribuyentes) quienes obtengan ingresos que se refiere este Capítulo por concepto de comisión, [...]
En conclusión no podría tributar como Repeco y comisionista.
Ahora bien, las opciones que tendría para tributar dentro de la LISR, sería la Sección I De las Personas físicas con actividades empresariales y profesionales, como la Sección II, Del Régimen intermedio de las personas físicas con actividades empresariales.
Por otro lado, si los ingresos derivados por comisiones se percibirán de persona moral o persona física con actividad empresarial, podrían asimilarse a salarios, en términos del artículo 110, fracción VI de la LISR. Cabe comentar que los ingresos por salarios son compatibles para tributar conjuntamente con el Régimen de Pequeños Contribuyentes.
Entonces, el tributar como asimilado a salarios tiene sus inconvenientes, dado que, no podría deducir los gastos que le permitirían deducir otros Capítulos, como podrían ser, gasolina, mantenimiento y reparaciones de su vehículo, teléfono, papelería, depreciaciones, seguros, etc. Analiza que más le convine a esta persona, tomando en cuenta las obligaciones fiscales que tendría.
Espero haberte ayudado
El quinto párrafo del artículo 137 de la LISR, dispone que no podrán pagar el impuesto en los términos de esta Sección (Del Régimen de Pequeños Contribuyentes) quienes obtengan ingresos que se refiere este Capítulo por concepto de comisión, [...]
En conclusión no podría tributar como Repeco y comisionista.
Ahora bien, las opciones que tendría para tributar dentro de la LISR, sería la Sección I De las Personas físicas con actividades empresariales y profesionales, como la Sección II, Del Régimen intermedio de las personas físicas con actividades empresariales.
Por otro lado, si los ingresos derivados por comisiones se percibirán de persona moral o persona física con actividad empresarial, podrían asimilarse a salarios, en términos del artículo 110, fracción VI de la LISR. Cabe comentar que los ingresos por salarios son compatibles para tributar conjuntamente con el Régimen de Pequeños Contribuyentes.
Entonces, el tributar como asimilado a salarios tiene sus inconvenientes, dado que, no podría deducir los gastos que le permitirían deducir otros Capítulos, como podrían ser, gasolina, mantenimiento y reparaciones de su vehículo, teléfono, papelería, depreciaciones, seguros, etc. Analiza que más le convine a esta persona, tomando en cuenta las obligaciones fiscales que tendría.
Espero haberte ayudado
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- nicte
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18 años 3 días antes #33607
por nicte
Respuesta de nicte sobre el tema Re: PEÑO CONTRIBUYENTE Y COMISIONISTA?
SI GRACIAS CANO POR TU AYUDA FUE DE UTILIDAD. Y SI TIENES TODA LA RAZON TENGO QUE CHECAR QUE LE CONVIENE MAS.
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