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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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DEDUCCION DE INVERSIONES
- Milescoro
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Gold Boarder
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Tengo entendido que hay algunas tesis en las cuales se ha corroborado que no aplican los 175,000 de tope en la adquisicion de automoviles como MOI, debido a que asi no esta tipicado en la LISR, ya que lo que topa es la deduccion anual de 175,000.
Espero me puedan ayudar en este caso, y si tienen alguna tesis que corrobore o nulifique esta opcion, se los agradeceria me lo hicieran llegar al correo mealejandro99@hotmail.com.
Gracias y espero su ayuda.
Saludos.
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- BR1
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
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Buenos dias a todos.
Tengo entendido que hay algunas tesis en las cuales se ha corroborado que no aplican los 175,000 de tope en la adquisicion de automoviles como MOI, debido a que asi no esta tipicado en la LISR, ya que lo que topa es la deduccion anual de 175,000.
Espero me puedan ayudar en este caso, y si tienen alguna tesis que corrobore o nulifique esta opcion, se los agradeceria me lo hicieran llegar al correo mealejandro99@hotmail.com.
Gracias y espero su ayuda.
Saludos.
Algunos contadores tienen ese criterio, sería positivo que comentaran respecto a si tienen alguna respuesta favorable por parte de la autoridad......ya que, según sé, no existe antecedente alguno rspecto al tema (espero equivocarme)
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- Cpedgarivan
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
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de donde la desprenden del art 42 fracc II.
Las inversiones en automoviles solo sera DEDUCIBLES HASTA POR UN MONTO DE.$175,000.00
fracc III.
En el caso de aviones la deducción se calculara considerendo COMO MONTO ORIGINAL MAXIMO DE LA INVERSION LA CANTIDAD EQUIVALENTE A $8,6000,000.00
en una fraccion dice el monto de la inversion y en la otra es muy especifico.
\"Si el hombre no ha descubierto algo por lo k cree k vale la pena morir no esta hecho para vivir\"
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