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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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Iniciativa Ley Ingresos Federación Ejercicio 2009
- LOBOZAC
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[...]
Conductas o prácticas indebidas e incumplimiento de obligaciones
A partir del análisis de la información proporcionada por los contribuyentes, se ha
identificado que, para determinar la base gravable del IETU, algunas empresas
aplican deducciones improcedentes, con el consecuente efecto de una menor
recaudación. Entre las principales prácticas indebidas detectadas se encuentran la deducción de intereses y de regalías de intangibles y de algunas partidas
devengadas en 2007 pero pagadas en 2008, la aplicación del crédito por exceso
de deducciones en pagos provisionales de 2008 y la omisión del registro de
ingresos.
Por otra parte, también se ha observado que algunos contribuyentes, como parte
de su planeación fiscal, prefieren efectuar pagos provisionales del impuesto sobre
la renta en lugar de los del gravamen en cita, debido a que estiman que al cierre
del ejercicio pagarán el primero, lo cual provoca que en los meses que deben
pagar el IETU no realicen el entero correspondiente.
Asimismo, algunas sociedades civiles efectúan pagos a sus integrantes, los cuales
constituyen anticipos del pago de remanentes y están sujetos a una retención en
el impuesto sobre la renta bajo el régimen de salarios y, por tanto, tienen la
posibilidad de aplicar el crédito por salarios gravados contra el IETU, incidiendo en una menor recaudación de este impuesto, pero mayor en el impuesto sobre la
renta.
No obstante, en la medida en que el IETU dota a la autoridad fiscal de información
confiable de manera inmediata, el Servicio de Administración Tributaria
oportunamente ha iniciado un programa de verificación del cumplimiento de dicho gravamen para corregir esta situación sin tener que esperarse a que concluya el
ejercicio fiscal para ejercer sus facultades de comprobación. Este tipo de acciones
representan importantes ventajas no sólo para la autoridad fiscal, sino también
para los contribuyentes, ya que las revisiones de que sean objeto les permitirán
tener un mejor entendimiento del impuesto, lo cual resulta de gran relevancia
cuando se trata de un nuevo gravamen.
Por otro lado, respecto al incumplimiento de la obligación de presentar la
declaración informativa del IETU que se ha observado en los meses más recientes y, que podría estar reflejándose en un menor pago, el Servicio de Administración Tributaria también ha iniciado tareas para corregir esa situación a fin de que pueda seguir disponiendo de elementos adecuados para mantener un control efectivo sobre el comportamiento de este impuesto
ESTO ULTIMO VA PA´LOS QUE DICEN QUE SOLO BASTA CON EL PAGO DEL IETU, Y QUE LA PRESENTACION DEL LISTADO NO LA HACEN , QUE´SQUE PORQUE LA MENCIONA UNA REGLA MISCELANEA, .......Y QUE ESAS 'NO OBLIGAN'
SALUDOS Y GRACIAS POR SUS APORTACIONESFISCALES
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Iniciativa Ley Ingresos Federación Ejercicio Fiscal 2009
[...]
Conductas o prácticas indebidas e incumplimiento de obligaciones
Asimismo, algunas sociedades civiles efectúan pagos a sus integrantes, los cuales
constituyen anticipos del pago de remanentes y están sujetos a una retención en
el impuesto sobre la renta bajo el régimen de salarios y, por tanto, tienen la
posibilidad de aplicar el crédito por salarios gravados contra el IETU, incidiendo en una menor recaudación de este impuesto, pero mayor en el impuesto sobre la
renta.
Me llama la atención lo que señalan:
"Algunas sociedades civiles efectúan pagos a sus integrantes, los cuales constituyen anticipos del pago de remanentes y están sujetos a una retención en el impuesto sobre la renta bajo el régimen de salarios y, por tanto, tienen la posibilidad de aplicar el crédito por salarios gravados contra el IETU, incidiendo en una menor recaudación de este impuesto, pero mayor en el impuesto sobre la renta"
¿Y qué harán?, digo, por que no señalan que no buscan ¿lo tratarán de sacar de la "posibilidad" de considerarlo como salario gravado para IETU o qué?, o sería noticomentario de los de la iniciativa
Otra cosa, se me hace muy, pero muy extraño que no saquen aquella de "se ha detectado a contribuyentes que consideran la no procedencia de efectuar PP de IETU en 2008...jejejee.. digo
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Iniciativa Ley Ingresos Federación Ejercicio Fiscal 2009
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Conductas o prácticas indebidas e incumplimiento de obligaciones
.... y la omisión del registro de
ingresos....
Sin duda la mas grave, pero esto no solo pasa con el Ietu, a sido siempre...otra cosa es tratar de diferir los ingresos cuando te pegan demasiado en un solo mes.
...No obstante, en la medida en que el IETU dota a la autoridad fiscal de información confiable de manera inmediata...
y que tal el cruze que nos van a hacer con el IDE (secreto bancario..ja!) para los que gusten seguir enmascarando los ingresos
Saludos!
Vendo AMEROS baratos o cambio por PEJEBONOS!!!
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Lo de las SC ¿que esperaban?, ¿que no acreditaran en IETU?, si todo asi lo prevee y permite, al menos eso es lo que se induce... hace dias una compañera GLaura me parece planteo algo parecido, busco el link del topico y lo pego... Extraños son estos del SAT, hacen las cosas de manera que se inducen ciertas conclusiones y esperan que uno concluya lo contrario... en esto de las SC como que dicen, no pagan IETU, pero como pagan ISR les vamos a seguir dando oportunidad, ya los veo metiendonse en bronca con las SC, si casi todas son de abogados...
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- BR1
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!zaz! si no me saco me descalabras BR1, sin novedades en el frente puedo decir... y como no hay novedades ya hay cita con el notario para enero...
Lo de las SC ¿que esperaban?, ¿que no acreditaran en IETU?, si todo asi lo prevee y permite, al menos eso es lo que se induce... hace dias una compañera GLaura me parece planteo algo parecido, busco el link del topico y lo pego... Extraños son estos del SAT, hacen las cosas de manera que se inducen ciertas conclusiones y esperan que uno concluya lo contrario... en esto de las SC como que dicen, no pagan IETU, pero como pagan ISR les vamos a seguir dando oportunidad, ya los veo metiendonse en bronca con las SC, si casi todas son de abogados...
Jajaja... no, es que pensé que la autoridad se pondría guapachosa con aquello de no presentar PP de IETU por el primer ejercicio ¿tampoco presentan el listado del IETU verdad?, sobre el notario, al parecer significa que "moriran y se crearan cada año nuevas empresas" ¿o es por algo diferente? jejeje
Así es, lo de las SC como dirian por ahí "ni al caso", no concluyen nada, en cambio en los demas puntos dicen el pecado y bien claro...
En fin...esperemos ver que nos espera este 2009..
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Lo dicho, por la nota que publica el Lobo uno entenderia que el SAT no desea se proceda como las Disposiciones Fiscales en Vigor hace o induce a que se proceda, ton's ¿para que las hacen asi?, en este tema en particular, el SAT dice;
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Conductas o prácticas indebidas e incumplimiento de obligaciones
Asimismo, algunas sociedades civiles efectúan pagos a sus integrantes, los cuales constituyen anticipos del pago de remanentes y están sujetos a una retención en el impuesto sobre la renta bajo el régimen de salarios y, por tanto, tienen la posibilidad de aplicar el crédito por salarios gravados contra el IETU, incidiendo en una menor recaudación de este impuesto, pero mayor en el impuesto sobre la
renta.
No veo porque ha de ser practica fiscal indebida que una SC distribuya las utilidades a los socios, o entregue anticipos a cuenta de, se supone que para eso se generan las utilidades...
Sugiero ver el topico que comento, pero estamos de acuerdo, con esto ellos dicen de una u otra forma; asi esta la ley, es correcto aunque no nos guste, ¿sera por eso que no dicen nada de los inicios de operaciones?
Ni modo que esperen que pudiendo pagar menos ISR que IETU yo decida pagar el mayor...
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