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Dudas sobre aplicacion en sistema y retenciones

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17 años 11 meses antes #35080 por fega
Buenas noches les anexo una hoja para ver si logro explicarme a unas dudas que traigo ojala le entiendan, por su gran ayuda gracias de antemano

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FEGA

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17 años 10 meses antes #35099 por jamendoz
esta bien tu asiento para el sueldo y el pago del imss

para el ide retenido lo registraria asi
imps a favcr ide cargo
bancos abono

para el pago del imps de intermedio
imps a favor isr reg inter cargo (el isr federal, es al que le aplicaria)
imps a favor ide abono
imps a favor subs al empleo abono
bancos abono

espero que te haya contestado lo que necesitabas

saludos


cp jose antonio mendoza p

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17 años 10 meses antes #35104 por fega
mas o menos
pero en si lo que queria saber es por ejemplo si me sale un impuesto a pagar al sat de 5000 a gobierno de 2250 pero tengo ide 150 retenido y subsidio al empleo 150 entregado para efectos de llegar al impuesto a pagar como se acredita uno contra otro

sat 5000
- ide 150
- se 150
=isr sat 4700

gob 2250

= isr total 6950.00 es correcta esta aplicacion?
y para efectos de ietu supongamos que tenga impuesto a cargo de

7250
-isr 7250
=ietu 0 es correcta esta aplicacion?

y por ejemplo si en el ide "aplico" en el mes de septiembre pero no aparece retenido hasta el estado de cuenta en octubre como es su procedimiento?

espero haberme explicado

Gracias

FEGA

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17 años 10 meses antes #35122 por jamendoz
sat 5000
- ide 150
- se 150
=isr sat 4700

gob 2250

= isr total 6950.00 es correcta esta aplicacion? SI ASI ES

y para efectos de ietu supongamos que tenga impuesto a cargo de

7250
-isr 7250
=ietu 0 es correcta esta aplicacion? LA APLICACION DEL IDE, SI PORQUE LO PERMITE LA LEY DEL IETU, PERO LA DEL SUBSIDIO AL EMPLEO NO, YA QUE LA LEY DEL IETU MENCIONA QUE SOLO EL ISR REALMENTE PAGADO

en pagos provisionales como en la declaración anual, se considerarán como efectivamente pagado el ISR que se entere simultáneamente con la declaración del ejercicio o con el pago provisional del IETU, según se trate (regla 17.8.). fuente idc

saludos


cp jose antonio mendoza p

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17 años 10 meses antes #35137 por fega
entonces para efectos IETU, tenemos que saldria a pagar un impuesto

Ietu 7250
isr sat 4700
isr gob 2250

IETU 300.00

si es asi nomas juegan con los numeros a darle vuelta al asunto acredita en ISR pero nos vemos en IETU

o es la segunda opcion

IETU 7250
isr sat 4700
Isr gob 2250
ide 150

IETU 150

FEGA

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17 años 10 meses antes #35138 por jamendoz
la segunda opcion el ietu no admite el acreditamiento del subsidio al empleo

saludos


cp jose antonio mendoza p

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