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deduccion inmediata
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17 años 10 meses antes #36049
por fega
FEGA
deduccion inmediata Publicado por fega
que ventajas y/o desventajas podria tener una deduccion inmediata de un scanner para taller automotriz
les comento es un equipo que costo 26999 + iva, para aplicarle el 220 isr el porcentaje a mi parecer para aplicar seria de 74%
II. Para la maquinaria y equipo distintos de los señalados en la fracción anterior, se aplicarán, de
acuerdo a la actividad en que sean utilizados, los por cientos siguientes:
n) 74% en otras actividades no especificadas en esta fracción.
registrar el equipo
maquinaria y equipo 26999
iva 4049.85
abono bancos 31048.85
y para registrar la depreciacion en dado caso de lo especificado en la parte de arriba?
espero haya explicado
Gracias
les comento es un equipo que costo 26999 + iva, para aplicarle el 220 isr el porcentaje a mi parecer para aplicar seria de 74%
II. Para la maquinaria y equipo distintos de los señalados en la fracción anterior, se aplicarán, de
acuerdo a la actividad en que sean utilizados, los por cientos siguientes:
n) 74% en otras actividades no especificadas en esta fracción.
registrar el equipo
maquinaria y equipo 26999
iva 4049.85
abono bancos 31048.85
y para registrar la depreciacion en dado caso de lo especificado en la parte de arriba?
espero haya explicado
Gracias
FEGA
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17 años 10 meses antes #36051
por atperez
Respuesta de atperez sobre el tema Re: deduccion inmediata
Saludos, fega.
Toma en cuenta que los registros que tengas en contabilidad no necesariamente coincidiran con lo que utilices en el ambito fiscal.
Esto es, mientras contablemente registras la depreciacion (con el metodo que resulte mas apropiado para ello), para efectos de ISR fiscalmente vas deduciendo la inversion (sea mediante la aplicacion de porcentajes [LISR 37-44], deduccion inmediata [LISR 220], o en algunos casos deduciendo completamente la inversion [LISR 124 3er parr; LISR 136]).
Toma en cuenta que los registros que tengas en contabilidad no necesariamente coincidiran con lo que utilices en el ambito fiscal.
Esto es, mientras contablemente registras la depreciacion (con el metodo que resulte mas apropiado para ello), para efectos de ISR fiscalmente vas deduciendo la inversion (sea mediante la aplicacion de porcentajes [LISR 37-44], deduccion inmediata [LISR 220], o en algunos casos deduciendo completamente la inversion [LISR 124 3er parr; LISR 136]).
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17 años 10 meses antes - 17 años 10 meses antes #36052
por fega
FEGA
Respuesta de fega sobre el tema Re: deduccion inmediata
de echo tributa en el regimen intermedio y como ya lo comente es un taller mecanico y se compro un scanner, entonces mi inquietud es saber como manejar lo de la depreciacion inmediata y si es viable lo que se quiere hacer es bajar la base gravable, espero comentarios
Gracias
Gracias
FEGA
Última Edición: 17 años 10 meses antes por fega.
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17 años 10 meses antes #36054
por atperez
Respuesta de atperez sobre el tema Re: deduccion inmediata
Si es Intermedio, toma en consideracion el articulo 136 de LISR.
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17 años 10 meses antes #36056
por fega
FEGA
Respuesta de fega sobre el tema Re: deduccion inmediata
y q me dices de aplicar el 220? se puede ya que seria para bajar la base gravable para isr y supongo q para ietu lo manejas como "gasto" ese equipo no?
FEGA
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17 años 10 meses antes #36059
por atperez
Respuesta de atperez sobre el tema Re: deduccion inmediata
Si dices que es Regimen Intermedio, no veo porque aplicar el 220 y deducir el 74% cuando puedes aplicar el 136 y deducir en el mismo ejercicio el 100% de la inversion efectivamente erogada.
Y si, para IETU es una deduccion autorizada si cumples con LIETU 5 fr I y LIETU 6.
Y si, para IETU es una deduccion autorizada si cumples con LIETU 5 fr I y LIETU 6.
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