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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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Dudas declaracion anual persona fisica honorarios

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17 años 10 meses antes #36437 por Bumblebee
Buen dia, si soy persona fisica por honorarios, y si aparte estoy como asalariado en una empresa.

¿Es obligatorio que yo presente la anual por la de sueldos y salarios?, o ¿aplica lo del escrito al patron para que yo la presente?

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17 años 10 meses antes #36439 por bandido
LISR
Artículo 117. Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Capítulo, además de efectuar los pagos de este impuesto, tendrán las siguientes obligaciones:

I. Proporcionar a las personas que les hagan los pagos a que se refiere este Capítulo, los datos necesarios, para que dichas personas los inscriban en el Registro Federal de Contribuyentes, o bien cuando ya hubieran sido inscritos con anterioridad, proporcionarle su clave de registro al empleador.

II. Solicitar las constancias a que se refiere la fracción III del artículo 118 de esta Ley y proporcionarlas al empleador dentro del mes siguiente a aquél en el que se inicie la prestación del servicio, o en su caso, al empleador que vaya a efectuar el cálculo del impuesto definitivo o acompañarlas a su declaración anual. No se solicitará la constancia al empleador que haga la liquidación del año.
Fracción reformada DOF 01-12-2004, 26-12-2005

III. Presentar declaración anual en los siguientes casos:

a) Cuando además obtengan ingresos acumulables distintos de los señalados en este Capítulo.

b) Cuando se hubiera comunicado por escrito al retenedor que se presentará declaración anual.

c) Cuando dejen de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate o cuando se hubiesen prestado servicios a dos o más empleadores en forma simultánea.

d) Cuando obtengan ingresos, por los conceptos a que se refiere este Capítulo, de fuente de riqueza ubicada en el extranjero o provenientes de personas no obligadas a efectuar las retenciones del artículo 113 de esta Ley.

e) Cuando obtengan ingresos anuales por los conceptos a que se refiere este Capítulo que excedan de $400,000.00.

CONCLUSION "SI" OBLIGATORIO PRESENTAR ANUAL DE SALARIOS Y HONORARIOS, RECOMENDACION, INFORMARLE AL PATRON QUE NO TE HAGA LA ANUAL, POR SI TUVIERAS SALDO A FAVOR NO TENGAS PROBLEMAS PARA QUE TE REGRESEN IMPORTES

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17 años 10 meses antes #36618 por Bumblebee
bandido escribió:

LISR
Artículo 117. Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Capítulo, además de efectuar los pagos de este impuesto, tendrán las siguientes obligaciones:

I. Proporcionar a las personas que les hagan los pagos a que se refiere este Capítulo, los datos necesarios, para que dichas personas los inscriban en el Registro Federal de Contribuyentes, o bien cuando ya hubieran sido inscritos con anterioridad, proporcionarle su clave de registro al empleador.

II. Solicitar las constancias a que se refiere la fracción III del artículo 118 de esta Ley y proporcionarlas al empleador dentro del mes siguiente a aquél en el que se inicie la prestación del servicio, o en su caso, al empleador que vaya a efectuar el cálculo del impuesto definitivo o acompañarlas a su declaración anual. No se solicitará la constancia al empleador que haga la liquidación del año.
Fracción reformada DOF 01-12-2004, 26-12-2005

III. Presentar declaración anual en los siguientes casos:

a) Cuando además obtengan ingresos acumulables distintos de los señalados en este Capítulo.

b) Cuando se hubiera comunicado por escrito al retenedor que se presentará declaración anual.

c) Cuando dejen de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate o cuando se hubiesen prestado servicios a dos o más empleadores en forma simultánea.

d) Cuando obtengan ingresos, por los conceptos a que se refiere este Capítulo, de fuente de riqueza ubicada en el extranjero o provenientes de personas no obligadas a efectuar las retenciones del artículo 113 de esta Ley.

e) Cuando obtengan ingresos anuales por los conceptos a que se refiere este Capítulo que excedan de $400,000.00.

CONCLUSION "SI" OBLIGATORIO PRESENTAR ANUAL DE SALARIOS Y HONORARIOS, RECOMENDACION, INFORMARLE AL PATRON QUE NO TE HAGA LA ANUAL, POR SI TUVIERAS SALDO A FAVOR NO TENGAS PROBLEMAS PARA QUE TE REGRESEN IMPORTES



Muchas gracias por el comentario... te lo agradezco, mas claro ni el agua...

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