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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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CAMBIO DE ARRENDADOR SE CONTRAPONE LA LEGISLACION
- LUISCERVERA
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Gold Boarder
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TENGO UNA SITUACION ALGO SINGULAR DEBIDO A LA EPOCA DIFICIL POR LA QUE ATRAVESAMOS:
SOY ARRENDADOR DE UN CENTRO COMERCIAL CON BUENOS INGRESOS POR RENTAS.
TAMBIEN TENGO UNA EMPRESA COMERCIALIZADORA QUE NO ANDA BIEN FINANCIERAMENTE Y PIENSO INYECTARLE RECURSOS CEDIENDOLE EL CONTROL DEL CENTRO COMERCIAL. ES DECIR MEDIANTE UN CONTRATO EN EL QUE ELLA SE HACE CARGO DEL INMUEBLE Y COBRA LAS RENTAS EN LUGAR DE HACERLO YO.
OBVIAMENTE CELEBRARIA NUEVOS CONTRATOS ENTRE LOS ARRENDATARIOS Y MI EMPRESA.
MI DUDA ES SI ESTO NO SE CONTRAPONE A ALGUNA DISPOSICION FISCAL NO QUISIERA CAER EN SUPUESTOS COMO LOS DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA ENTRE PARTES RELACIONADAS ETC.
DESDE MI PUNTO DE VISTA BENEFICIO AL FISCO YA QUE LA S.A. NO TIENE LA DEDUCCION OPCIONAL POR ARRENDAMIENTO COMO LO TIENEN LAS PERSONAS FISICAS PERO NO QUIERO VIOLAR NINGUNA DISPOSICION
UDS. QUE OPINAN?
GRACIAS
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- jamendoz
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- busca mas alla de lo evidente
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o, no tiene contador, para preguntarle su opinion??
pd no es tratar de ofender, que quede claro
saludos
cp jose antonio mendoza p
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- CPHugoocejo
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- Ganar no lo es todo, es lo unico..Vince Lombardi.
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BUENAS TARDES SEÑORES:
TENGO UNA SITUACION ALGO SINGULAR DEBIDO A LA EPOCA DIFICIL POR LA QUE ATRAVESAMOS:
SOY ARRENDADOR DE UN CENTRO COMERCIAL CON BUENOS INGRESOS POR RENTAS.
TAMBIEN TENGO UNA EMPRESA COMERCIALIZADORA QUE NO ANDA BIEN FINANCIERAMENTE Y PIENSO INYECTARLE RECURSOS CEDIENDOLE EL CONTROL DEL CENTRO COMERCIAL. ES DECIR MEDIANTE UN CONTRATO EN EL QUE ELLA SE HACE CARGO DEL INMUEBLE Y COBRA LAS RENTAS EN LUGAR DE HACERLO YO.
OBVIAMENTE CELEBRARIA NUEVOS CONTRATOS ENTRE LOS ARRENDATARIOS Y MI EMPRESA.
MI DUDA ES SI ESTO NO SE CONTRAPONE A ALGUNA DISPOSICION FISCAL NO QUISIERA CAER EN SUPUESTOS COMO LOS DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA ENTRE PARTES RELACIONADAS ETC.
DESDE MI PUNTO DE VISTA BENEFICIO AL FISCO YA QUE LA S.A. NO TIENE LA DEDUCCION OPCIONAL POR ARRENDAMIENTO COMO LO TIENEN LAS PERSONAS FISICAS PERO NO QUIERO VIOLAR NINGUNA DISPOSICION
UDS. QUE OPINAN?
GRACIAS
Le sugiero contactar a un especialista en la materia fiscal.
saludos
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- sosgtorreon
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- Al opinar no soy objetivo, xq soy sujeto no objeto
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Si desea leer algo de interes y posible aplicacion para su caso, recomiendo poner el buscador interno de los foros de esta pagina la palabra usufructo.
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- BR1
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Se recomienda no tirar en saco roto las recomendaciones de contactar asesoria personalizada para un mejor analisis de las posibilidad que su caso puede tener.
Si desea leer algo de interes y posible aplicacion para su caso, recomiendo poner el buscador interno de los foros de esta pagina la palabra usufructo.
Siempre he tenido la duda respecto al usufructo, específicamente al CCF que señala:
Artículo 1002.- El usufructuario puede gozar por sí mismo de la cosa usufructuada. Puede enajenar, arrendar y gravar su derecho de usufructo; pero todos los contratos que celebre como usufructuario terminarán con el usufructo.
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