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devolucion de iva

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17 años 9 meses antes #36693 por PISCIS
devolucion de iva Publicado por PISCIS
giro venta de libros puede pedir devolucion de iva por sus gastos o pasa a ser parte de su costo

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17 años 9 meses antes #36695 por atperez
Respuesta de atperez sobre el tema Re: devolucion de iva
Saludos, PISCIS.

En caso de que sean editados por el contribuyente (LIVA 2-A fr I, inciso i), se cumple el requisito de que para ser acreditable corresponda a actos necesarios para la realizacion de actividades a las que [para este caso] se aplique la tasa del 0% (LIVA 5 fr I). Si al realizar el calculo (LIVA 5-D) resulta IVA a favor, podra en este caso solicitarse en devolucion o compensarse (LIVA 6).

No nos indicas si el contribuyente los edita. En caso de que unicamente los enajene, dicha enajenacion se cuenta entre las señaladas por LIVA 9 fr III y es un acto por cuya realizacion no se paga IVA. Luego entonces, al no corresponder el IVA de tus gastos a operaciones necesarias para la realizacion de actividades gravadas o a tasa 0%, no se cumple el requisito de LIVA 5 fr I. Dicho IVA no sera acreditable.

En dado caso de que realizaras actos tanto gravados o a tasa 0% como exentos, hay que considerar lo dispuesto en LIVA 5 fr V y LIVA 5-A a 5-C.

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17 años 9 meses antes #36703 por PISCIS
Respuesta de PISCIS sobre el tema Re: devolucion de iva
gracias por tu respuesta el contribuyente los edita por lo tanto si puede pedir la devolucion gracias nuevamente

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17 años 9 meses antes #36705 por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: devolucion de iva
Este mensaje nos da muestra de lo siguiente;

1.- Al plantear algun caso o duda debemos procurar aportar el total de datos que intervienen/afectan en el mismo, para ello en ocasiones resulta conveniente preguntarselo primero a uno mismo y asi poder detectar la falta de elementos para emitir una opinion.

2.- Al intentar responder mensajes con falta de elementos siempre sera aconsejable preguntar los datos que a nuestro juicio consideremos convenientes conocer, ya que en ocasiones dan un giro total a lo que se pregunta y responde.

3.- El iniciador cierra el ciclo manifestando un agradecimiento -no obligado pero siempre bien visto- y su conclusion sobre el tema planteado.

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17 años 9 meses antes #36706 por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: devolucion de iva
No les digo, siempre ando olvidando lo importante...

4.- Asi como resulta deseable que cuando alguien postea por primera ocasion se presente con al menos un "buenos dias", "buenas tardes", "buenas noches" o un simple "hola", resulta igualmente deseable que a quien postea por primera ocasion le digamos "Bienvenido", siempre sera agradable recibir un saludo vayamos a donde vayamos.

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17 años 9 meses antes #36713 por bandido
Respuesta de bandido sobre el tema Re: devolucion de iva
LIVA
Artículo 2o.-A.- El impuesto se calculará aplicando la tasa del 0% a los valores a que se refiere esta Ley, cuando se realicen los actos o actividades siguientes:

I.- La enajenación de:

i).- Libros, periódicos y revistas, que editen los propios contribuyentes. Para los efectos de esta Ley, se considera libro toda publicación, unitaria, no periódica, impresa en cualquier soporte, cuya edición se haga en un volumen o en varios volúmenes. Dentro del concepto de libros, no quedan comprendidas aquellas publicaciones periódicas amparadas bajo el mismo título o denominación y con diferente contenido entre una publicación y otra.

Igualmente se considera que forman parte de los libros, los materiales complementarios que se acompañen a ellos, cuando no sean susceptibles de comercializarse separadamente. Se entiende que no tienen la característica de complementarios cuando los materiales pueden comercializarse independientemente del libro.


editar.

(Del fr. éditer).


1. tr. Publicar por medio de la imprenta o por otros procedimientos una obra, periódico, folleto, mapa, etc.

2. tr. Pagar y administrar una publicación.

3. tr. Adaptar un texto a las normas de estilo de una publicación.

4. tr. Organizar las grabaciones originales para la emisión de un programa de radio o televisión.

5. tr. Inform. Hacer visible en pantalla un archivo.




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LA DIFERENCIA ENTRE EL GRAVADO TASA 0 Y EXENTO, ES QUE EN GRAVADO TASA 0 SI PUEDES PEDIR DEVOLUCION,ART 5 AL 5 IV LIVA, SI TIENES MIXTOS TENDRIAS QUE HACER PRORRATEO, ART 5 FRACC V

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