Radio Aportaciones NO PUEDO CONTRA ESTE SENTIMIENTO
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

Recordatorio a todos los usuarios de los foros:

5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.

RETENCION I.V.A. DESPERDICIOS INDS.

Más
19 años 7 meses antes #3749 por VICSM72
Hola alguien me podria ayudar, me surgio una duda en cuanto a las retenciones de una persona fisica con actividad empresarial, su actividad es compra venta de desperdicios industriales, ¿ la rentencion de I.V.A. aplica tambien si el le compra a otra persona fisica? ¿ estoy obligado a retenerle el I.V.A.?

Gracias.
SALUDOS.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
19 años 7 meses antes #3761 por AGARCOP
En el Art 1-A Fracc II b) LIVA, nos comenta que unicamente las personas morales retendran cuando adquieran esos productos, por lo que en tu caso no estas obligado.

Saludos

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
19 años 7 meses antes #3775 por mozart
Respuesta de mozart sobre el tema Re: RETENCION I.V.A. DESPERDICIOS INDS.
te saludo y te comento

Retenciones de Iva

Hay cuatros tipos de personas que se ecuentran Obligadas a retener el iva, el cual señala el art 1-A de LIVA :....

1.- Las instituciones de credito que adquieran bienes mediante dacion en pago o adjudicacion judicial o fiduciaria....

2.- Las Personas Morales ( PM ) que

* reciban servicios personales independientes o usen o gocen temporalmente bienes, prestados u otorgados por personas fisicas

* Desperdicios Industriales..... adquieran desperdicios
industriales para ser utilizados como insumo de su actividad
industrial o para su comercializacion.......

3.- Adquisiciones a residentes en el extranjero

4.- Empresas de comercio exterior

saludos :lol:

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
19 años 7 meses antes #3777 por mozart
Respuesta de mozart sobre el tema Re: RETENCION I.V.A. DESPERDICIOS INDS.
esto como complemento

Desperdicios Industriales

la regla 5.1.3 de RMF señala que la retencion de Iva respecto a la enajenacion de desperdicios industriales adquiridos para ser utilizados como insumos de la actividad industrial o para su comercializacion....... se debra de efectuar independiente de que dichos desperdicios se presenten en pacas, placas, piezas fundidas o cualquier otra forma que se trate de productos que conlleven un proceso de seleccion, limpieza, campactacin, trituracion, o cualquier tratamiento que permita su reutilizacion y reciclaje........


Saludos :lol:

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
19 años 7 meses antes #3790 por CPHugoocejo
100/2004/IVA Retenciones de impuesto al valor agregado. No proceden
por servicios prestados como actividad empresarial
.

Del análisis al artículo 1-A, fracción II, inciso a) de la Ley del
Impuesto al Valor Agregado, se desprende que la retención de
dicho impuesto únicamente es procedente en aquellos casos en
que se trate de servicios personales independientes y por el
otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, y no así en caso
de que se presten servicios como parte de la actividad empresarial
del contribuyente.

Por lo anterior, de conformidad con el último párrafo del artículo
14 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado la retención,
tratándose de prestación de servicios, únicamente se dará cuando
no tengan la característica de actividad empresarial, en términos
del artículo 16 del Código Fiscal de la Federación, y por lo mismo
puedan considerarse servicios personales.


saludos

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.920 segundos
Gracias a Foro Kunena