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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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UNA PARTE.........Y OTRA NO

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17 años 9 meses antes #38054 por LOBOZAC
Hola foro, sabemos que el estado de cuenta puede utilizarse como comprobante fiscal. reuniendo ciertos requisitos..........


PREGUNTA: si "yo" DECIDO, utilizar SOLO ALGUNOS movimientos para HACERLOS DEDUCIBLES........LO PUEDO HACER ?


es decir..........por ejemplo, tengo 10 cargos con factura..........y tres SIN factura, ESTOS LOS PUEDO HACER DEDUCIBLES, TOMANDO EL ESTADO CDE CUENTA COMO TAL ?


BIENVENIDOS COMENTARIOS, DE PREFERENCIA FUNDAMENTADOS..........TAMBIEN SENTIDO COMUN, ABSURDECES, ETC ETC ETC....JEJEJEJE



saludos y gracias por sus aportacionesfiscales

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17 años 9 meses antes #38055 por MARESP
Respuesta de MARESP sobre el tema Re: UNA PARTE.........Y OTRA NO
En mi opinión si pudiera hacerse esto, ya que los mencionados en las reglas I.2.4.14 a la 16 y sobre todo la I.2.4.16 donde allí mismo se hacen diferenciaciones de las operaciones y se menciona cuales si se pueden considerar y cuales no como deducibles, asi mismo en la misma regla nos dice que mientras no se dejen de cumplir los requisitos, se puede deducir la operación.

Mi humilde opinión para más comentarios Lobozac

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17 años 9 meses antes #38059 por Milescoro
Respuesta de Milescoro sobre el tema Re: UNA PARTE.........Y OTRA NO
Estimados Todos.

De acuerdo a la pregunta inicial, la regla I.2.4.14 a la 16, nos habla de estados de cuenta como comprobantes fiscales, pero se utilizan en casos distintos.

I.2.4.14.- Son estados de cuenta expedidos por instituciones de seguros y fianzas.


I.2.4.15 y .16.- Aqui si son estados de cuenta bancarios, hay que cumplir los requisitos.

En la regla I.2.4.16 te indica que puedes comprobar las erogaciones con el estado de cuenta original, las cuales deben de ser por adquisicion de bienes, uso o goce temporal de bienes y prestacion de servicios, a lo cual pienso que si se trata de gastos, pues ya no quedaria dentro de esta regla, debido a que entiendo por prestacion de servicios los profesionales.

Saludos.

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17 años 9 meses antes #38060 por Milescoro
Respuesta de Milescoro sobre el tema Re: UNA PARTE.........Y OTRA NO
Perdon, respondiendo a tu pregunta en concreto, si puedes comprobar cuantas erogaciones tengas en el estado de cuenta, siempre y cuando cumplas los requisitos que ahi se indican.

Saludos.

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17 años 9 meses antes #38063 por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re: UNA PARTE.........Y OTRA NO
Que tal mi estimado Lobozac..


De conformidad con ela rticulo 29C del CFF, fraccion I y ultimo parrafo del articulo antes mencionado no son deducibles, estrictamente las 3 operaciones sin factura...."salvo" nos comentes que tipo de cargo son, y que montos y de que concepto son..



De lo demas si los haria deducible, siempre que reuna los requisitos de las reglas miscelaneas antes citadas y con la referencia a el art 29c CFF.



saludos

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