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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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Regla I.11.30 IDE en organismos publicos descentra

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17 años 8 meses antes #38989 por fega
No soy el autor pero nos puede servir




Depósitos en efectivo a través de servicios ofrecidos por organismos públicos descentralizados

I.11.30. Para los efectos del artículo 1o. de la Ley del IDE, cuando a través de servicios ofrecidos por organismos públicos descentralizados se reciban cantidades en efectivo destinadas a cuentas abiertas en instituciones del sistema financiero a nombre de personas físicas o morales o a cuentas de terceros indicados por éstas, el organismo público de que se trate deberá proporcionar diariamente a las instituciones mencionadas la información necesaria para que éstas cumplan sus obligaciones en materia del IDE:

a) Número de cuenta del beneficiario final del depósito.

b) Fecha del depósito.

c) Monto del depósito.

d) Número de referencia o clave del depósito.

e) Identificación del depósito cuando se realice en efectivo.

FEGA

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17 años 8 meses antes #38992 por BR1
Osease que los que usan a TELECOMM para sacarle la vuelta al IDE "ya chuparon faros" y sin filtro...jajaja :laugh:

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17 años 8 meses antes #39008 por CPHugoocejo
asi es...por eso los de TELETON no les grava el IDE..negociazo..jeje


saludos

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  • Ocho
  • Fresh Boarder
  • Fresh Boarder
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17 años 8 meses antes - 17 años 8 meses antes #39038 por Ocho
El presente mensae ha sido editado dado que lo expuesto por el forista no tiene relacion alguna con el tema que se trata en el mensaje.
Última Edición: 17 años 8 meses antes por sosgtorreon. Razón: lo expuesto por el forista no tiene relacion alguna con el tema que se trata en el mensaje.

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17 años 8 meses antes #39048 por CPMoreno
Compañero Fega
Antes que nada mil disculpas, no habia leido este topico y abri otro similar, referente a esta regla.
Se de varios contribuyentes que estaban aprovechando este medio para sus depositos, pero el SAT les adelanto su Navidad.
:S

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