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Tasa Cero por ciento?
- congresista
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17 años 8 meses antes #39083
por congresista
Tasa Cero por ciento? Publicado por congresista
saludos colegas, y felices fiestas.
espero sus comentarios en la siguiente situaciòn:
un contribuyente en el regimen de honorarios, elaboró un proyecto productivo enfocado al porcicultura(puerco) cria y engora de puerco, de la cual cobró a traves de un recibo de honorarios, mi duda es debe cobrar el iva a la tasa general de 15 % o aplica a lo que establece la fracción II del Artículo 2 A de la ley del IVA(tasa cero por ciento)
II.- La prestación de servicios independientes:
a).- Los prestados directamente a los agricultores y ganaderos, siempre que sean destinados para actividades agropecuarias, por concepto de perforaciones de pozos, alumbramiento y formación de retenes de agua; suministro de energía eléctrica para usos agrícolas aplicados al bombeo de agua para riego; desmontes y caminos en el interior de las fincas agropecuarias; preparación de terrenos; riego y fumigación agrícolas; erradicación de plagas; cosecha y recolección; vacunación, desinfección e inseminación de ganado, así como los de captura y extracción de especies marinas y de agua dulce.
los conceptos que enumera este inciso a) no hay relación al concepto de asoramiento en proyectos de cria y engorda de puerco.
espero sus comentarios.
atte. el congresista
espero sus comentarios en la siguiente situaciòn:
un contribuyente en el regimen de honorarios, elaboró un proyecto productivo enfocado al porcicultura(puerco) cria y engora de puerco, de la cual cobró a traves de un recibo de honorarios, mi duda es debe cobrar el iva a la tasa general de 15 % o aplica a lo que establece la fracción II del Artículo 2 A de la ley del IVA(tasa cero por ciento)
II.- La prestación de servicios independientes:
a).- Los prestados directamente a los agricultores y ganaderos, siempre que sean destinados para actividades agropecuarias, por concepto de perforaciones de pozos, alumbramiento y formación de retenes de agua; suministro de energía eléctrica para usos agrícolas aplicados al bombeo de agua para riego; desmontes y caminos en el interior de las fincas agropecuarias; preparación de terrenos; riego y fumigación agrícolas; erradicación de plagas; cosecha y recolección; vacunación, desinfección e inseminación de ganado, así como los de captura y extracción de especies marinas y de agua dulce.
los conceptos que enumera este inciso a) no hay relación al concepto de asoramiento en proyectos de cria y engorda de puerco.
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atte. el congresista
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- bandido
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17 años 8 meses antes #39100
por bandido
Respuesta de bandido sobre el tema Re: Tasa Cero por ciento?
en mi opinión, y de acuerdo a lo que manifiesta el art 5 CFF debe de ser aplicación estricta, al menos que a falta de norma expresa puedes utilizar una ley supletoria, por tal motivo, considero que si los concpetos que marca el art 2-A fracc II LISR no encuadran en la actividad que realizó, deberá ser tasa 15
yo sugerería hacer el recibo que vaya acorde con los conceptos que marca el citado artículo para así poder aplicar tasa 0
yo sugerería hacer el recibo que vaya acorde con los conceptos que marca el citado artículo para así poder aplicar tasa 0
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- CPHugoocejo
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17 años 8 meses antes #39123
por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re: Tasa Cero por ciento?
1-. el chalan ya cobro su lana por medio del recibo de honorarios, lo cual no aplica rehacer el recibo....
2-. es inadmisible usar una ley supleatoria...diria..cual??
3-. simplemente es tasa 15%..punto.
4-. se esta cobrando un servicio independiente...causa IVA ? siendo asi le dire a mi arquitecto que no me cobre el IVA...jejejeje
saludos
2-. es inadmisible usar una ley supleatoria...diria..cual??
3-. simplemente es tasa 15%..punto.
4-. se esta cobrando un servicio independiente...causa IVA ? siendo asi le dire a mi arquitecto que no me cobre el IVA...jejejeje
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