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DECLARACION INFORMATIVA SUELDOS Y SALARIOS 2008

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17 años 6 meses antes #41248 por imagen1006
Buenos dias..
Quisiera hacer una encuesta para saber si realmente se hace "lo que se debe de hacer" después de presentar la info de sueldos.
1.- El saldo a favor que resulte de un trabajador... realmente hay quienes lo compensan en retenciones sucesivas durante el año ?.... y si es asi... como lo hacen, es una simple resta al impuesto calculado ?... ó se tiene que hacer un trámite adicional en el SAT ?....

2.- El impuesto a Cargo, la ley dice que se debe retener a más tardar en Febrero del siguiente año... ustedes lo hacen ? y luego se lo pagan al SAT ?....

Les agradeceria sus comentarios, ya que soy nueva en esto.

Gracias de antemano.

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17 años 6 meses antes #41317 por sosgtorreon
1. Por regla realizo los calculos en diciembre, al momeno de pagar el aguinaldo ajusto el ISR del año, ello deriva en que no tenga diferencia ni a cargo ni a favor.

2. Lo dicho, sin diferencias. Caso de que hipoteticamente llegue a tener saldos a cargo, los pago.

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