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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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prorroga o no prorroga he ahi el dilema (dimm09)

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17 años 7 meses antes - 17 años 7 meses antes #41302 por kreator
primero que todo y antes de desarrollar el tema comenzare con estas referencias de ley adelanto los resaltados solo son para enfatizar

comencemos con este art que entre otras cosas trata de las promociones (y tambien aqui nacen las estadisticas en cero entre otras cosas)

CFF vigente
Artículo 31.
................................

4º parrafo
En los casos en que las formas para la presentación de las declaraciones y expedición de constancias, que prevengan las disposiciones fiscales, no hubieran sido aprobadas y publicadas en el Diario Oficial de la Federación por las autoridades fiscales a más tardar un mes antes de la fecha en que el contribuyente esté obligado a utilizarlas, los obligados a presentarlas deberán utilizar las últimas formas publicadas por la citada dependencia y, si no existiera forma publicada, las formularán en escrito que contenga su nombre, denominación o razón social, domicilio y clave del Registro Federal de Contribuyentes, así como el ejercicio y los datos relativos a la obligación que pretendan cumplir; en el caso de que se trate de la obligación de pago, se deberá señalar además el monto del mismo.

5º parrafo
Los formatos electrónicos a que se refiere el primer párrafo de este artículo, se darán a conocer en la página electrónica del Servicio de Administración Tributaria, los cuales estarán apegados a las disposiciones fiscales aplicables, y su uso será obligatorio siempre que la difusión en la página mencionada se lleve a cabo al menos con un mes de anticipación a la fecha en que el contribuyente esté obligado a utilizarlos.

bueno entonces si entiendo bien, y aunque como antecedente antes de que se publicara el dimm09 en la pagina del sat la autoridad desde la publicacion de la 3a rrmf08 daba la opcion de presentar para pf los diots de ene-jun 2008 (de los cuales de entrada no estaban obligados al menos por el mismo diot) siempre que se presentaran maximo el 15-02-09 (recordemos a pm le vale el dimm ok)
pero luego que paso que el sat dice (o mas bien se desdice) y publican el dimm09 en esta fecha (Última actualización: 05/febrero/2009, 15:26, información vigente) esto tomado del mismo sat aqui: www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/descargas/31_10835.html

si tomamos como base que el dimm09 es del dia 5 y segun el 5o parrafo antes publicado dice que se debe publicar un mes antes luego entonces la fecha maxima para presentar lo que se genere ese programa (bueno hay ustedes hagan el calculo)
de lo unico que me queda duda es eso de que habra querido decir el legislador en ese 5o parrafo en cuestion con eso de "difusion" no se si sea igual a "fecha en que se suba el programa en la pagina del sat para ser descargado y utilizado" o "fecha en que el sat comienza el rumrum o rumor de que x programa a utilizar debera ser llenado y presentado en x fechan aun que el programa en cuestion te lo publiquen el mismo dia en que se debe presentar dicha declaracion" ahi deja la interpretacion para arbitrariedades (a las que de por si nos tienen acostumbrados en el sat)

ojo para el dim09 y o cualquier otra obligacion que venza este 15/16 de febrero no aplicaria una extension de fecha en su presentacion pues al menos el dim lo conocemos desde 26/12/08 y ahi no hay disculpa pero del dimm09 por favor por poco y no lo publican
asi que ojo no les estoy diciendo que hacer (o no hacer) solo les estoy dando un elemento mas hay ustedes sabran que hacer la mejor respuesta la tienen ustedes mismos

y pasando a otra cosa ya estaba a punto de presentar las 1eras declaraciones de impuestos de 2009 pero como se supone que deberia entrar la nueva plataforma pues no me atrevi (que hasta donde se no hay pa cuando) y esto publicado por el mismo sat me lo confirma www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacio...a2008/137_14162.html , pero como insisto aun no hay la nueva plataforma de impuestos creo que me protege el 4o parrafo del art 31 cff vigente para seguir presentando mis declaraciones tal y como lo veniamos haciendo desde 2008 (e informativas mensuales y las obligaciones que ustedes quieran) o ustedes que opinan
saludos espero haberles resuelto algo (o terminar de aondar sus dudas tipo "agresor del sat")
Última Edición: 17 años 7 meses antes por kreator.

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