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PM QUE INICIO ACTIVIDADES EN ENERO , IETU
- Saúl Castro Vázquez
- Autor del tema
- Fresh Boarder
-
Una PM inció actividades en 2008 pues no realizó PP de ISR y en la anual le resulta ISR a pagar, este contribuyente realizó PP de IETU, la pregunta es "puede compensar el importe de los PP de IETU" contra el ISR ANUAL?.
Saludos y gracias.
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- enrique9727
- Fuera de línea
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Lo que si sé, es que la LIETU indica la figura de ACREDITAMIENTOS de IMPUESTOS y CREDITOS FISCALES, para cubrir el IMPUESTO CAUSADO DEL IETU.
La figura de la compensacion esta presente en el CFF, en LIETU no la contempla, ni en la de LISR. Me parece a titulo personal, que no se estaria planteando apropiadamente las preguntas por falta de involucramiento del tema.
En relacion a los acreditamientos de impuestos, podrias leer detenidamente los articulos 7 y 8 (para la declaracion anual) y 9 y 10 (para los pagos provisionales)
Luego, regresa a este mismo foro y platicamos de tus nuevas dudas.
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- Saúl Castro Vázquez
- Autor del tema
- Fresh Boarder
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No sé en que se basaria las fundamentaciones para aplicar las compensaciones citadas. ¿Puedes exponerlas, para poder opinar?
Lo que si sé, es que la LIETU indica la figura de ACREDITAMIENTOS de IMPUESTOS y CREDITOS FISCALES, para cubrir el IMPUESTO CAUSADO DEL IETU.
La figura de la compensacion esta presente en el CFF, en LIETU no la contempla, ni en la de LISR. Me parece a titulo personal, que no se estaria planteando apropiadamente las preguntas por falta de involucramiento del tema.
En relacion a los acreditamientos de impuestos, podrias leer detenidamente los articulos 7 y 8 (para la declaracion anual) y 9 y 10 (para los pagos provisionales)
Luego, regresa a este mismo foro y platicamos de tus nuevas dudas.
HOLA enrique9727.
Qué opinas de esta regla reespecto a mi pregunta.
Compensación de pagos provisionales de IETU contra ISR del ejercicio a pagar:
I.4.8. Para los efectos del artículo 8 de la Ley del IETU, los contribuyentes antes de efectuar el acreditamiento a que se refiere el tercer párrafo del artículo citado, podrán compensar los pagos provisionales del IETU efectivamente pagados correspondientes al ejercicio fiscal de que se trate, contra el ISR propio que efectivamente se vaya a pagar correspondiente al mismo ejercicio, hasta por el monto de este último impuesto. En este caso, la compensación efectuada se considerará ISR propio efectivamente pagado
Saludos y gracias
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- CPHugoocejo
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
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Qué opinan:
Una PM inció actividades en 2008 pues no realizó PP de ISR y en la anual le resulta ISR a pagar, este contribuyente realizó PP de IETU, la pregunta es "puede compensar el importe de los PP de IETU" contra el ISR ANUAL?.
Saludos y gracias.
si
Fundamento RM 1.4.8 Y 23 CFF.
saludos
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