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Duda relativa a arrendamiento
- garadillas
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19 años 7 meses antes #4183
por garadillas
"No me preocupa el grito de los violentos, de los
corruptos,de los deshonestos, de los sin ética.
Lo que más me preocupa es el silencio de los buenos"
Duda relativa a arrendamiento Publicado por garadillas
Hola Buen dia:
Tengo una duda en relacion al regimen de arrendamiento.
Mi cliente comenzo a trubtar en este regimen desde el año pasado.
Pero tengo que en todo el año no cobro rentas...no se las pagaron hasta este año.
Pero si me fue trayendo comprobantes de gastos, de enero 2006 al diciembre 2006.
Le pagan sus rentan en enero del 2007.
Mi duda es la siguiente.
Quiero deducir los gastos, esos mismos comprobantes con fecha del 2006
se los puedo deducir del ingreso, que tuvo este año.
¿Tengo duda si todavia se aplican para los ingresos de este año o solo le debo deducir los gastoa que correspondan al mes de enero, pues los ingresos a pesar de ser facturas del año pasado se las estan pagando en enero 2007? Estoy confundida :shock:
De antemano les agradezco sus comentarios
Tengo una duda en relacion al regimen de arrendamiento.
Mi cliente comenzo a trubtar en este regimen desde el año pasado.
Pero tengo que en todo el año no cobro rentas...no se las pagaron hasta este año.
Pero si me fue trayendo comprobantes de gastos, de enero 2006 al diciembre 2006.
Le pagan sus rentan en enero del 2007.
Mi duda es la siguiente.
Quiero deducir los gastos, esos mismos comprobantes con fecha del 2006
se los puedo deducir del ingreso, que tuvo este año.
¿Tengo duda si todavia se aplican para los ingresos de este año o solo le debo deducir los gastoa que correspondan al mes de enero, pues los ingresos a pesar de ser facturas del año pasado se las estan pagando en enero 2007? Estoy confundida :shock:
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- mozart
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19 años 7 meses antes #4189
por mozart
Respuesta de mozart sobre el tema Re: Duda relativa a arrendamiento
te saludo y te comento
Los ingresos por arrendamiento, al igual que cualquier otro tipo de ingreso de las PF SE ACUMULAN HASTA EL MOMENTO EFECTIVO DEL COBRO...........
En la LISR se establece que de los ingresos por arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal de bienes se podra efectuar las deducciones siguientes ::::
1.- impuesto predial, asi como las contribuciones locales d emojoras, de palnificacion o de cooperacion para obras publicas que afecten a los mismos y en su caso el impuesto sobre arrendamiento que se le estableciera al contribuyente en la entidad federativa.......
2.- Los gastos de mantenimiento que no impliquen adiciones o mejoras al bien de que trate, el consumo de agua.....
en caso de mejoras o adiciones segun lo señalado en el art 174 LISR..
3.- Los intereses reales pagados por prestamo utilizados para la compra, construccion o mejoras de los bienes
4.- Los salarios, comisiones, y honorarios pagados, asi como los impuestos, cuotas o contribuciones que conforme a la ley les corresponda cubrir sobre dichos salarios, efectivamente pagados..
5.- el importe de la prima de seguros que amparen los bienes....
Saludos
Los ingresos por arrendamiento, al igual que cualquier otro tipo de ingreso de las PF SE ACUMULAN HASTA EL MOMENTO EFECTIVO DEL COBRO...........
En la LISR se establece que de los ingresos por arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal de bienes se podra efectuar las deducciones siguientes ::::
1.- impuesto predial, asi como las contribuciones locales d emojoras, de palnificacion o de cooperacion para obras publicas que afecten a los mismos y en su caso el impuesto sobre arrendamiento que se le estableciera al contribuyente en la entidad federativa.......
2.- Los gastos de mantenimiento que no impliquen adiciones o mejoras al bien de que trate, el consumo de agua.....
en caso de mejoras o adiciones segun lo señalado en el art 174 LISR..
3.- Los intereses reales pagados por prestamo utilizados para la compra, construccion o mejoras de los bienes
4.- Los salarios, comisiones, y honorarios pagados, asi como los impuestos, cuotas o contribuciones que conforme a la ley les corresponda cubrir sobre dichos salarios, efectivamente pagados..
5.- el importe de la prima de seguros que amparen los bienes....
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- garadillas
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19 años 7 meses antes #4190
por garadillas
"No me preocupa el grito de los violentos, de los
corruptos,de los deshonestos, de los sin ética.
Lo que más me preocupa es el silencio de los buenos"
Respuesta de garadillas sobre el tema Re: Duda relativa a arrendamiento
Muchas gracias Mozart
Pero mi duda es en cuanto a los gastos ¿tambien los acumulo y hasta que perciban un ingresos se los deduzco?
Hablo de 2 años diferentes
Gastos del 2006 ingresos en 2007
Pero mi duda es en cuanto a los gastos ¿tambien los acumulo y hasta que perciban un ingresos se los deduzco?
Hablo de 2 años diferentes
Gastos del 2006 ingresos en 2007
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- mozart
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19 años 7 meses antes #4191
por mozart
Respuesta de mozart sobre el tema Re: Duda relativa a arrendamiento
como complemento :::::
esto en lo particular, al decir que NO fueron pagadas las rentas por el 2006 , sino hasta enero 2007, esto se puede entender que fueron de manera gratuita por el 2006........entonces
NO podras deducir la parte de gastos, asi como tampoco el impuesto predial y los derechos de cooperacion para obras publicas ( en caso de )......
saludos
pdta,. insisto, esto en lo muy particular...... asi lo puedo entender..... y esto no implica que asi sea....
esto en lo particular, al decir que NO fueron pagadas las rentas por el 2006 , sino hasta enero 2007, esto se puede entender que fueron de manera gratuita por el 2006........entonces
NO podras deducir la parte de gastos, asi como tampoco el impuesto predial y los derechos de cooperacion para obras publicas ( en caso de )......
saludos
pdta,. insisto, esto en lo muy particular...... asi lo puedo entender..... y esto no implica que asi sea....
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19 años 7 meses antes #4211
por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re: Duda relativa a arrendamiento
art 142 fraccion VI...LISR...
Cuando el contribuyente ocupe parte del bien inmueble del cual derive el ingreso por otorgar el uso o goce temporal del mismo u otorgue su uso o goce temporal de manera gratuita, no podrá deducir la parte de los gastos, así como tampoco el impuesto predial y los derechos de cooperación de obras públicas que correspondan proporcionalmente a la unidad por él ocupada o de la otorgada gratuitamente. En los casos de subarrendamiento, el subarrendador no podrá deducir la parte proporcional del importe de las rentas pagadas que correspondan a la unidad que ocupe o que otorgue gratuitamente.
en mi opinion no se podra deducir esos gastos en base a el art citado, ademas si tuvo gastos, debio haber tenido ingresos, sino como sufrago esos gastos?
saludos
Cuando el contribuyente ocupe parte del bien inmueble del cual derive el ingreso por otorgar el uso o goce temporal del mismo u otorgue su uso o goce temporal de manera gratuita, no podrá deducir la parte de los gastos, así como tampoco el impuesto predial y los derechos de cooperación de obras públicas que correspondan proporcionalmente a la unidad por él ocupada o de la otorgada gratuitamente. En los casos de subarrendamiento, el subarrendador no podrá deducir la parte proporcional del importe de las rentas pagadas que correspondan a la unidad que ocupe o que otorgue gratuitamente.
en mi opinion no se podra deducir esos gastos en base a el art citado, ademas si tuvo gastos, debio haber tenido ingresos, sino como sufrago esos gastos?
saludos
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- BR1
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19 años 7 meses antes #4236
por BR1
Respuesta de BR1 sobre el tema Re: Duda relativa a arrendamiento
mmmm.....
En mi opinión, hay dos caminos:
LEGAL: si efectivamente dio en renta onerosa los bienes, pero no le fueron liquidados si no hasta el 2007, creo que con el contrato y alguna demanda interpuesta (por gestion de cobro a su cliente) sustentaria el por que solo tuvo deducciones en 2006, ademas expidio comprobantes en todo 2006 ¿o me equivoco?...seria cuestion de L.D. defenderte en caso de cualquier rechazo por parte de la autoridad.
TRACALINA: si no quiero arriesgarme, y el monto de las deducciones son altas, evaluo el costo-beneficio (recargos y actualizaciones) de presentar complementarias de todo el ejercicio 2006 (periodo por periodo) los recibos que me fueron pagados hasta el 2007, ya que si acumulas todos los ingresos en enero 2007 si sigues la reglita pagaras demasiado impuesto en un solo mes.......
En mi opinión, hay dos caminos:
LEGAL: si efectivamente dio en renta onerosa los bienes, pero no le fueron liquidados si no hasta el 2007, creo que con el contrato y alguna demanda interpuesta (por gestion de cobro a su cliente) sustentaria el por que solo tuvo deducciones en 2006, ademas expidio comprobantes en todo 2006 ¿o me equivoco?...seria cuestion de L.D. defenderte en caso de cualquier rechazo por parte de la autoridad.
TRACALINA: si no quiero arriesgarme, y el monto de las deducciones son altas, evaluo el costo-beneficio (recargos y actualizaciones) de presentar complementarias de todo el ejercicio 2006 (periodo por periodo) los recibos que me fueron pagados hasta el 2007, ya que si acumulas todos los ingresos en enero 2007 si sigues la reglita pagaras demasiado impuesto en un solo mes.......
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