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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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ANTEPROYECTO DE MODIFICACION AL ANEXO 26 RMF

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17 años 6 meses antes #41955 por COMERCIO EXTERIOR
CRITERIOS NO VINCULATIVOS DE LAS DISPOSICIONES FISCALES Y ADUANERAS.

02/IETU. No deducibilidad de los intereses pagados a entidades que integran el sistema financiero para la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única

No es procedente interpretar que los intereses pagados a las entidades que integran el sistema financiero son deducibles, ya que el artículo 3, fracción I, segundo párrafo de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única claramente establece que no se consideran dentro de las actividades por la prestación de servicios independientes a las operaciones de financiamiento o de mutuo que den lugar al pago de intereses que no se consideren parte del precio en los términos del artículo 2 de esta Ley.

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