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compensacion de iva contra ietu
- yequis
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bueno alguien me podra ayudar en lo siguiente, tengo un contribuyente p.m. que tiene saldo a favor de iva y quiere saber que si puede compensar contra el ietu a pagar, de acuerdo al articulo 23 del cff si se puede, ya cheque en la pagina del sat lo que tengo que hacer pero la verdad no entiendo muy bien
bye...
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El procedimiento que hago en mi caso es el siguiente:
1.- Identificar perfectamente que mi saldo a favor de iva sea correcto y no haya acreditado nada, es decir que este al 100%
2.- Llenar el formato 41 con el anexo 1
3.- Capturar a travez del programa Dem Iva, para la captura y generacion de los archivos a presentar ante el sat, con la informacion de los proveedores que generaron dicho saldo
4.- Hacer la cita para presentar el aviso
Espero que la informacion te sirva
Salud2
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- mozart
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Mira de acuerdo a la compenscion universal si procede que un saldo a favor de iva lo puedas compensar vs ietu.
El procedimiento que hago en mi caso es el siguiente:
1.- Identificar perfectamente que mi saldo a favor de iva sea correcto y no haya acreditado nada, es decir que este al 100%
2.- Llenar el formato 41 con el anexo 1
3.- Capturar a travez del programa Dem Iva, para la captura y generacion de los archivos a presentar ante el sat, con la informacion de los proveedores que generaron dicho saldo
4.- Hacer la cita para presentar el aviso
Espero que la informacion te sirva
Salud2
buena tarde..
entonces... los remantes no se pueden ????.. POS YO CREO QUE SI... es decir.. :
1.- tienes 100 de saldo a favor, acreditas 50...este como remante.. SI lo puedes someter via compensacion..
2.- tienes los mismos 100 compensas 50... dicho remanente.. tambien es susceptible a compensacion u acreditamiento..
con respecto a la presentacion del aviso de compensacion.. ya se puede presentar via internet,,, ver reglas miscelaneas y sobre todo la pagina del sat....
como complemento, y sin caer en confusiones... si eres dictaminado... NO estas obligado a presentar aviso de compensacion... peeerooooo.. son temas diferentes...
saludos..
psta.- centinela. como siempre va con todo el respeto..
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hola a todos mucha salud
bueno alguien me podra ayudar en lo siguiente, tengo un contribuyente p.m. que tiene saldo a favor de iva y quiere saber que si puede compensar contra el ietu a pagar, de acuerdo al articulo 23 del cff si se puede, ya cheque en la pagina del sat lo que tengo que hacer pero la verdad no entiendo muy bienalguien me podra auxiliar de antemano muchas gracias
bye...
Ya Centinela le respondio ciertas cosas importantes...
en lo personal y como cultura general vea y analice para que sirve la declaratoria emitida por CPC....saludos
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Es cierto a partir de febrero se puede enviar via internet el aviso de compensacion, esto lo podran hacer con el programa electronico Formato 41
www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/...etines/33_14018.html
Salud2
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en mi caso en particular tenemos bastantito saldo a favor de iva y en este mes me salio ietu a pagar por lo que pensamos compensar y me llamo la atencion este comentario:
"si eres dictaminado... NO estas obligado a presentar aviso de compensacion"
si tienen el fundamento les agradeceria mucho el hacermelo saber,
por otra parte en mi saldo a favor del iva declarado del mes por el cual pienso utilizar para compensar contra el ietu (ya que el saldo a favor de ese mes me cubre mi impuesto a cargo de ietu de este mes) parte de ese iva a favor es por una cantidad fuerte de iva acreditable por importacion de una maquinaria, puedo utilizar todo el iva a favor de este mes en comento?
les agradeceria mucho pudieran ayudarme!
muchisimas gracias por sus atenciones!
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