- Mensajes: 156
- Gracias recibidas: 0
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
Recordatorio a todos los usuarios de los foros:
5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.
CHEQUE NO COBRADO
- alone1981
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Expert Boarder
-
MUYA MABLES
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- lozarubio2
- Fuera de línea
- Expert Boarder
-
- Mensajes: 152
- Gracias recibidas: 0
parrafo segundo...fraccion IX numeral 31 LISR.
Cuando los pagos a que se refiere el párrafo anterior se efectúen con cheque, la deducción se efectuará en el ejercicio en que éste se cobre, siempre que entre la fecha consignada en la documentación comprobatoria que se haya expedido y la fecha en que efectivamente se cobre dicho cheque no hayan transcurrido más de cuatro meses.
servido mi estimado
saludos
REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Artículo 39. Para los efectos del artículo 31, fracción IX, segundo párrafo de la Ley, se podrá efectuar la deducción de las erogaciones efectuadas con cheque, aun cuando hayan transcurrido más de cuatro meses entre la fecha consignada en la documentación comprobatoria que se haya expedido y la fecha en la que efectivamente se cobre dicho cheque, siempre que ambas fechas correspondan al mismo ejercicio.
Cuando el cheque se cobre en el ejercicio inmediato siguiente a aquel al que corresponda la documentación comprobatoria que se haya expedido, los contribuyentes podrán efectuar la deducción en el ejercicio en el que éste se cobre, siempre que entre la fecha consignada en la documentación comprobatoria y la fecha en que efectivamente se cobre el cheque no hayan transcurrido más de cuatro meses.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- Saúl Castro Vázquez
- Fresh Boarder
-
- Gracias recibidas: 0
El cheque PRESCRIBE a los 6 meses, Art.181,191 y 192 LGTOC.
El pago se le hizo a una PM., por lo tanto al caso no le aplica lo estableceido por la fracción IX del Art.31 LISR, o estoy equivocado?.
Saludos señores.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- CPHugoocejo
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
- Ganar no lo es todo, es lo unico..Vince Lombardi.
- Mensajes: 5612
- Gracias recibidas: 0
CPHugoocejo escribió:
parrafo segundo...fraccion IX numeral 31 LISR.
Cuando los pagos a que se refiere el párrafo anterior se efectúen con cheque, la deducción se efectuará en el ejercicio en que éste se cobre, siempre que entre la fecha consignada en la documentación comprobatoria que se haya expedido y la fecha en que efectivamente se cobre dicho cheque no hayan transcurrido más de cuatro meses.
servido mi estimado
saludos
REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Artículo 39. Para los efectos del artículo 31, fracción IX, segundo párrafo de la Ley, se podrá efectuar la deducción de las erogaciones efectuadas con cheque, aun cuando hayan transcurrido más de cuatro meses entre la fecha consignada en la documentación comprobatoria que se haya expedido y la fecha en la que efectivamente se cobre dicho cheque, siempre que ambas fechas correspondan al mismo ejercicio.
Cuando el cheque se cobre en el ejercicio inmediato siguiente a aquel al que corresponda la documentación comprobatoria que se haya expedido, los contribuyentes podrán efectuar la deducción en el ejercicio en el que éste se cobre, siempre que entre la fecha consignada en la documentación comprobatoria y la fecha en que efectivamente se cobre el cheque no hayan transcurrido más de cuatro meses.
seria tan amable de decirme su conclusion de lo que plasma aqui?
Gracias
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- contadorg
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
- Mensajes: 564
- Gracias recibidas: 0
Fracción IX
Tratándose de pagos que a su vez sean ingresos de contribuyentes personas físicas, de los contribuyentes a que se refieren el Capítulo VII de este Título, así como de aquéllos realizados a los contribuyentes a que hace referencia el último párrafo de la fracción I del artículo 18 de esta Ley y de los donativos, éstos sólo se deduzcan cuando hayan sido efectivamente erogados en el ejercicio de que se trate. Sólo se entenderán como efectivamente erogados cuando hayan sido pagados en efectivo, mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, o en otros bienes que no sean títulos de crédito. Tratándose de pagos con cheque, se considerará efectivamente erogado en la fecha en la que el mismo haya sido cobrado o cuando los contribuyentes transmitan los cheques a un tercero, excepto cuando dicha transmisión sea en procuración. También se entiende que es efectivamente erogado cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones.
Cuando los pagos a que se refiere el párrafo anterior se efectúen con cheque, la deducción se efectuará en el ejercicio en que éste se cobre, siempre que entre la fecha consignada en la documentación comprobatoria que se haya expedido y la fecha en que efectivamente se cobre dicho cheque no hayan transcurrido más de cuatro meses.
Lo establecido en el Art. 31 de Renta, fracción IX, sólo aplica tratándose de cheques entregados por personas morales a:
Personas físicas, sin importar su régimen de tributación.
Personas morales del Régimen Simplificado.
Sociedades o asociaciones Civiles a través de las cuales se presten servicios personales independientes.
Organismos descentralizados, concesionarios, permisionarios o empresas autorizadas que perciban ingresos por el servicio de suministro de agua potable para uso doméstico, u
Organismos descentralizados, concesionarios, permisionarios o empresas autorizadas que perciban ingresos por el servicio de recolección de basura doméstica.
Asimismo, tratándose de donativos
Más no así tratándose de cheques entregados por una persona moral a otra persona moral distinta de las antes citadas.
En consecuencia, para este caso, no resulta aplicable dicha norma ni la contenida en el artículo 39 del Reglamento de Renta.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.