elizaaguilar escribió:una preguntota, por favor
la hipoteca de un banco o del pago de una casa o el pago de un credito infonavit, es deducible dentro de mis gastos para isr y ietu?
me dejan deducirla dentro de los gastos normales del mes?
Gracias
Buena tarde:
Los pagos mensuales que realiza el cliente (acreditado) tienen la finalidad de amortizar el capital del crédito, dichos pagos están integrados por el importe de capital y sus respectivos intereses ordinarios, y en su caso, cualquier gasto o cantidad adicional que la institución de crédito (llamese Banco o Infonavit) tenga derecho a percibir de conformidad con los términos y condiciones establecidos en el contrato de apertura de crédito con garantía hipotecaria.
Por lo que respecta a los intereses, los que serán una deducción personal para calcular su impuesto anual, son los intereses reales devengados y pagados de conformidad con lo establecido en los artículos 176 fracción IV y 227 de la Ley del ISR y del Reglamento de la LISR.
Como se ha aclarado, la mensualidad corresponde a un pago de pasivo, no se trata de deducción alguna, únicamente serán los intereses reales una deducción personal para calcular su impuesto anual.
Espero haberte ayudado
Énfasis añadido.