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En que renglon va el IETU retenido
- romo3
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Estoy preparando la declaración anual de una persona física con arrendamiento e ingresos por Actividad empresarial y profesional (compositor), pero resulta que al momento que le pagarón las regalías ( Art 121 Fracc VIII ) la ANDA le retuvo el IETU causado, es decir, si le pagó 100.00 le retuvo por concepto de IETU 16.50, plenamente amparada con una resolución particular que el emitió el SAT por el ejercicio 2008, pero es el caso que al momento de tratar de vaciar mis papeles de trabajo al Declarasat no encuentro donde poner este concepto, a manera de ejemplo:
Ingresos por arrendamiento 900.00
Ingresos por Actividad Emp 100.00
Total de ing grav IETU 1000.00
X tasa x 16.5
Ietu causado 165.00
- Isr del ejercicio 148.50
- IETU Retenido 16.50 no se en donde ponerlo
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Espero me puedan ayudar
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- vank
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Saludos.
romo3 escribió:
Buenos dias:
Estoy preparando la declaración anual de una persona física con arrendamiento e ingresos por Actividad empresarial y profesional (compositor), pero resulta que al momento que le pagarón las regalías ( Art 121 Fracc VIII ) la ANDA le retuvo el IETU causado, es decir, si le pagó 100.00 le retuvo por concepto de IETU 16.50, plenamente amparada con una resolución particular que el emitió el SAT por el ejercicio 2008, pero es el caso que al momento de tratar de vaciar mis papeles de trabajo al Declarasat no encuentro donde poner este concepto, a manera de ejemplo:
Ingresos por arrendamiento 900.00
Ingresos por Actividad Emp 100.00
Total de ing grav IETU 1000.00
X tasa x 16.5
Ietu causado 165.00
- Isr del ejercicio 148.50
- IETU Retenido 16.50 no se en donde ponerlo
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Espero me puedan ayudar
CPC. Mike Morales
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- romo3
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[/quote]¿Y cual fue el argumento para que procediera la retencion de IETU? Porque la Ley no te obliga a eso y por ende, el programa electronico no lo contempla. ¿quien presento la promocion? ¿la ANDA o el músico?
La presento la ANDA y la resolución en su parte intereseante dice: La Sociedad de Autores y Compositores de Mexico, S. de G.C. de I.P. deberá retener a los autores y compositores ... y enterar como pago provisional del impuesto sobre la renta el 10% sobre el monto total de la remuneración percibida, sin deducción alguna. Por su parte, en lo que se refiere al IETU la sociedad debera retener el 6.5% sobre el monto total de la remuneración percibidia
y perdon, en el topico yo mencione que era el 16.5$, corrigo es el 6.5% que junto con el 10% de ISR hacen que no salga IETU a pagar en el provisional
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- puma1
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Bueno, esperando que tu cliente no tenga problema con el SAT, en mi opinión no te queda otra que capturar la retenc de IETU en el renglón de pagos provisionales de IETU.
¿Te emitió constancia de retención la ANDA?
Familia y Conocimiento.
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- romo3
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saludos y gracias
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- Klaus
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Saludos
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