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17 años 5 meses antes #44016 por cpadrianr
Saludos colegas, Una empresa se dedica a ser Intermediario Mercantil, eso quiere decir que hacemos negociaciones en territorio nacional con personas morales para que adquieran desde el extranjero la mercancia que vende el proveedor con el cual tenemos firmado un contrato de comision mercantil. Es decir que nosotros no importamos la mercancia ni se la vendemos al cliente, nos limitamos a cerrar la negociacion y es la empresa en el extranjero quien vende y la persona moral en territorio quien importa directamente. Con la introduccion anterior les planteo la pregunta siguiente:

Algunas ocasiones es necesario que nosotros importemos una muestra del producto que vende el proveedor en el extranjero para que se la entreguemos al posible cliente en territorio nacional, de ser aceptable la calidad y otras cuestiones el cliente procede a la compra.

¿Como debería considerar la importacion de dichas muestras? ¿Como parte del inventario y deducirlo via costo de ventas ó como una deduccion autorizada, toda vez que el gastos es indispensable para la operacion de la empresa? Realmente no se maneja inventario ya que la cantidad es mínima y todo lo que se importa se entrega como muestra.

Considero que no deberia ser via costo de lo vendido pues no tomo esto de base para facturar los servicios al extranejro, sino que la comision que cobro es independiente del monto de los gastos; sin embargo someto esto a su consideración y quedo a la espera de sus comentarios.

Agradezco la atención a la presente consulta.
Atte: CP Adrian R.

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17 años 5 meses antes #44017 por COMERCIO EXTERIOR
Respuesta de COMERCIO EXTERIOR sobre el tema Re: Muestras Gratuitas
cpadrianr:

Como efectuas la importacion???
Cumples con la normatividad ISR Ley Aduanera(utilizando agente aduanal)podrias deducirlo
La efectuas con pedimento global de la empresa de mensajeria no es deducible.

Saludos

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17 años 5 meses antes #44018 por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: Muestras Gratuitas
No mencionas que además tengas mercancía para vender en tu almacén, supongo que eres totalmente prestadora de servicio. Si utilizas agente aduanal como bien explica COMERCIO EXTERIOR, al utilizar la fracción de MUESTRAS considero que es un gasto estrictamente indispensable para la obtención del ingreso, y estando exenta de arancel, como nunca la vendes al cliente, la puedes deducir como un gasto de venta.

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17 años 5 meses antes #44019 por COMERCIO EXTERIOR
Respuesta de COMERCIO EXTERIOR sobre el tema Re: Muestras Gratuitas
cpadrianr:

Aclarando la situacion:

Podrias deducir los gastos pagados a el Agente Aduanal asi como acreditar el IVA pagado en la importacion.

En el caso que mencionas (muestras gratuitas) no tendrias monto para efectuar deduccion en ISR.


LISR

Artículo 31. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:

XV. Que en el caso de adquisición de mercancías de importación, se compruebe que se cumplieron los requisitos legales para su importación. Se considerará como monto de dicha adquisición el que haya sido declarado con motivo de la importación.

Saludos

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17 años 5 meses antes - 17 años 5 meses antes #44022 por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re: Muestras Gratuitas
cpadrianr escribió:

Saludos colegas, Una empresa se dedica a ser Intermediario Mercantil, eso quiere decir que hacemos negociaciones en territorio nacional con personas morales para que adquieran desde el extranjero la mercancia que vende el proveedor con el cual tenemos firmado un contrato de comision mercantil. Es decir que nosotros no importamos la mercancia ni se la vendemos al cliente, nos limitamos a cerrar la negociacion y es la empresa en el extranjero quien vende y la persona moral en territorio quien importa directamente. Con la introduccion anterior les planteo la pregunta siguiente:

Algunas ocasiones es necesario que nosotros importemos una muestra del producto que vende el proveedor en el extranjero para que se la entreguemos al posible cliente en territorio nacional, de ser aceptable la calidad y otras cuestiones el cliente procede a la compra.

¿Como debería considerar la importacion de dichas muestras? ¿Como parte del inventario y deducirlo via costo de ventas ó como una deduccion autorizada, toda vez que el gastos es indispensable para la operacion de la empresa? Realmente no se maneja inventario ya que la cantidad es mínima y todo lo que se importa se entrega como muestra.

Considero que no deberia ser via costo de lo vendido pues no tomo esto de base para facturar los servicios al extranejro, sino que la comision que cobro es independiente del monto de los gastos; sin embargo someto esto a su consideración y quedo a la espera de sus comentarios.

Agradezco la atención a la presente consulta.
Atte: CP Adrian R.



Adrian.....en lo subrayado tienes la respuesta....



saludos amigo
Última Edición: 17 años 5 meses antes por CPHugoocejo.

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