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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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duda en persona fisica de arrendamiento
- kmorales
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hijole, voy a necesitar de su ayuda con esto, resulta que año con año esta persona solo le salia un impuesto a pagar en la anual alrededor de 900 a 1,000. pesos. pero ahora estoy llenando su declaracion en el "declarasat" y resulta que estoy marcando las opciones de calculo automatico de impuestos, y :
Que problemon:
1.- el detalle del calculo de ISR me dice:
ingresos 34,000.
menos deduccion opcional 11,900.00
ingresos acumulables 22,100.00
Menos facturas de medicos 8,000.00
total de ingresos acumulables 14,100.00
Isr conforme a la tarifa anual $ 636.00
hasta aqui estaba contento.... pero
Mondrigo IETU:
Base gravable $ 34,000.
impuesto causado 5,610.
ISR propio efectivamente pagado en el ejercicio $ 636.00
Impuesto a cargo (1a diferencia) $ 4,974.00
Impuesto a cargo $ 4,974.00
Cantidad a Pagar $ 5,610.00
antes de darme el detalle del calculo y pasar a imprimir el formato de la declaracion me sale una leyenda que me dice:
"quesque la hoja de ayuda contiene datos que se necesitan despues de mandar la declaracion anual por internet y obtener el acuse de recibo junto con la fecha de presentacion" y que despues de haberlos obtenido esos datos, vuelva a llenar la hoja de ayuda"
Mi preguntota es: Esto debe de pagar el contribuyente de IETU ???? porque va a poner el brinco en el cielo ??????? o estoy llenando mal su declaracion ????
por favor ayuda por favor ayuda ... por favor ayuda !!!!!
**** ahora otra cosa.... debio presentar pagos provisionales de IETU en el 2008? o no ? porque no presento pagos provisionales de ISR (arrendamiento) toda vez que no rebaso los limites de 10 veces el S.M del DF elevado al mes.....
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- bandido
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obligado por tus ingresos a presentar pp de isr y IETU exclusivamente por tener ingresos por arrendamiento: NO
mas sin embargo, muy recomendable hacer tus pp de ISR o de IETU mensualmente sin importar si estás o no obligado, por los motivos que ya viste, al final del año puede resultar impagables, si lo hubieras hecho, en diciembre tendrías oportunidad de ajustar tus cuentas y en la anual te saldría sin importe a cargo y sin saldo a favor, y sin necesidad de pagarlo mediante el portal bancario ó ventanilla
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- kmorales
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ietu a pagar en la ANUAL... SI
obligado por tus ingresos a presentar pp de isr y IETU exclusivamente por tener ingresos por arrendamiento: NO
mas sin embargo, muy recomendable hacer tus pp de ISR o de IETU mensualmente sin importar si estás o no obligado, por los motivos que ya viste, al final del año puede resultar impagables, si lo hubieras hecho, en diciembre tendrías oportunidad de ajustar tus cuentas y en la anual te saldría sin importe a cargo y sin saldo a favor, y sin necesidad de pagarlo mediante el portal bancario ó ventanilla
chin.... pos que fregadota se va a dar el contribuyente... ahora por ultimo, ustedes creen que sea necesario decirle que es mejor pagar mensualmente ( cuando menos el IETU) y decirle pues que voy a tener que cobrarle mes por mes por mandar la informacion del IETU ???
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