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credito fiscal ietu por deducciones mayores
- CONTADORNOVATO
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- Fresh Boarder
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Podrian ayudarme por favor!!
les comento que en enero de 2008, en cuanto al ietu, las deducciones fueron mayores a los ingresos y se "obtuvo" base negativa, para lo cual no se pago Ietu, pero mi duda es si esa base negativa la ppuedo considerar como credito fiscal para aplicarse en la anual del 2008.
esque no me queda claro si lo puedo acreditar en la anual del 2008 o solo en los pagos provisionales a partir del 2009. (lo del articulo 8 y 11 si mal no recuerdo.)
tambien hago mencion que ya la presente la anual del 2008, pero cometi un error de dedo y voy a enviar una complementaria y me gustaria saber si puedo considerarlo para aprovechar y corregir tambien esta cuestion
Gracias!!
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- Armando_Oasis
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Hola, buenas tardes!!
Podrian ayudarme por favor!!
les comento que en enero de 2008, en cuanto al ietu, las deducciones fueron mayores a los ingresos y se "obtuvo" base negativa, para lo cual no se pago Ietu, pero mi duda es si esa base negativa la ppuedo considerar como credito fiscal para aplicarse en la anual del 2008.
esque no me queda claro si lo puedo acreditar en la anual del 2008 o solo en los pagos provisionales a partir del 2009. (lo del articulo 8 y 11 si mal no recuerdo.)
tambien hago mencion que ya la presente la anual del 2008, pero cometi un error de dedo y voy a enviar una complementaria y me gustaria saber si puedo considerarlo para aprovechar y corregir tambien esta cuestion
Gracias!!
ContadorNovato,el crédito fiscal por exceso de deduccines, que es a lo que usted se refiere, solamente se determina en la declaración del ejercicio, por lo que si solo le salio "base negativa en enero 2008" no puede considerarse como tal para efectos de aplicarse en los pagos provisionales del 2009.
Si por el contrario, esa misma base negativa o "pèrdida" de enero la llevó hasta el cierre del ejercicio, motivo por el cual no tuvo pago de ietu anual, entonces si, siguiendo el procedimiento que señala la ley, la podrá aplicar, en los pagos provisionales y/o anual del 2009, suponiendo que todo se haya determinado de forma correcta.
La pregunta que usted plantea está media trunca, si pudiera explicar algo mas se lo agradecería....
¡¡Dios siempre estará contigo...sin importarle como seas!!
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- CPCHARLY
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Art 11 LIETU:
Cuando el monto de las deducciones autorizadas por esta Ley sea mayor a los ingresos
gravados por la misma percibidos en el ejercicio, los contribuyentes tendrán derecho a un crédito fiscalpor el monto que resulte de aplicar la tasa establecida en el artículo 1 de la misma a la diferencia entrelas deducciones autorizadas por esta Ley y los ingresos percibidos en el ejercicio.
Pregunta: Usted se encuentra en el caso q le resalto con rojo??
Ya q para hacerse acreedor a este credito fiscal usted debera en el ejercicio tener mayores deducciones q ingresos, pero usted solo señala el mes de Enero, este credito fiscal no es por mes sino por el ejercicio!!
SALUDOS!!
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- CONTADORNOVATO
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