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Cual es la tasa de interés mercantil
- FlorentinoOjeda
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17 años 4 meses antes #45742
por FlorentinoOjeda
Cual es la tasa de interés mercantil Publicado por FlorentinoOjeda
Necesito ayuda para saber cual es la tasa de interés mercantil para un caso en un juzgado. Alguien me puede dar la mano por favor. Les deseo un excelente dia a todos.
CP Florentino Ojeda
CP Florentino Ojeda
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17 años 4 meses antes #45743
por jamendoz
saludos
cp jose antonio mendoza p
Respuesta de jamendoz sobre el tema Re: Cual es la tasa de interés mercantil
el 6 % anual art 362 codigo de comercio
saludos
cp jose antonio mendoza p
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- FlorentinoOjeda
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17 años 4 meses antes #45745
por FlorentinoOjeda
Respuesta de FlorentinoOjeda sobre el tema Re: Cual es la tasa de interés mercantil
Muchas gracais compañero jamendoz
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17 años 4 meses antes #45856
por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re: Cual es la tasa de interés mercantil
Artículo 362.- Los deudores que demoren el pago de sus deudas, deberán satisfacer, desde el día siguiente al del vencimiento, EL INTERÉS PACTADO para este caso, o en su defecto el seis por ciento anual.
SOLO SI NO SE PACTO OTRO.............SOLO ASI
CCF
Artículo 2395.- El interés legal es el nueve por ciento anual. El interés convencional ES EL QUE FIJEN LOS CONTRATANTES, y puede ser mayor o menor que el interés legal; pero cuando el interés sea tan
desproporcionado que haga fundadamente creer que se ha abusado del apuro pecuniario, de la
inexperiencia o de la ignorancia del deudor, a petición de éste el juez, teniendo en cuenta las especiales
circunstancias del caso, podrá reducir equitativamente el interés hasta el tipo legal.
SE LLEVARA UNA DEMANDA DE JUICIO EJECUTIVO U ORDINARIO MERCANTIL ANTE EL JUZGADO, ......PERO ÉSTE SOLO "PROCESARÁ" Y CONSIDERARA LO QUE EXISTA CONSIGNADO DENTRO DEL TITULO DE CREDITO,............Y AL RESPECTO FALLARÁ
SALUDOS
SOLO SI NO SE PACTO OTRO.............SOLO ASI
CCF
Artículo 2395.- El interés legal es el nueve por ciento anual. El interés convencional ES EL QUE FIJEN LOS CONTRATANTES, y puede ser mayor o menor que el interés legal; pero cuando el interés sea tan
desproporcionado que haga fundadamente creer que se ha abusado del apuro pecuniario, de la
inexperiencia o de la ignorancia del deudor, a petición de éste el juez, teniendo en cuenta las especiales
circunstancias del caso, podrá reducir equitativamente el interés hasta el tipo legal.
.......... LITERLMENTE NO EXISTE EL INTERES MERCANTIL, ...Y MENOS PARA EL CASO DE UN JUZGADO........la tasa de interés mercantil para un caso en un juzgado
SE LLEVARA UNA DEMANDA DE JUICIO EJECUTIVO U ORDINARIO MERCANTIL ANTE EL JUZGADO, ......PERO ÉSTE SOLO "PROCESARÁ" Y CONSIDERARA LO QUE EXISTA CONSIGNADO DENTRO DEL TITULO DE CREDITO,............Y AL RESPECTO FALLARÁ
SALUDOS
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