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17 años 4 meses antes #45816
por CPCHARLY
COLEGA FISCALISTA1
Segun la LISR en su art 10 fracc I. cita asi:
I. Se obtendrá la utilidad fiscal disminuyendo de la totalidad de los ingresos acumulablesobtenidos en el ejercicio, las deducciones autorizadas por este Título. Al resultado obtenido sele disminuirá, en su caso, la participación de los trabajadores en las utilidades de lasempresas pagada en el ejercicio, en los términos del artículo 123 de la Constitución Políticade los Estados Unidos Mexicanos.
En base a esto concluyo q la PTU pagada en el ejercicio sera la q se pueda restar de la Utilidad Fiscal, sin importar q sea despues del 31 de mayo!!
SALUDOS!!
Segun la LISR en su art 10 fracc I. cita asi:
I. Se obtendrá la utilidad fiscal disminuyendo de la totalidad de los ingresos acumulablesobtenidos en el ejercicio, las deducciones autorizadas por este Título. Al resultado obtenido sele disminuirá, en su caso, la participación de los trabajadores en las utilidades de lasempresas pagada en el ejercicio, en los términos del artículo 123 de la Constitución Políticade los Estados Unidos Mexicanos.
En base a esto concluyo q la PTU pagada en el ejercicio sera la q se pueda restar de la Utilidad Fiscal, sin importar q sea despues del 31 de mayo!!
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17 años 4 meses antes #46039
por FISCALISTA1
Respuesta de FISCALISTA1 sobre el tema Re: PTU
Primero que nada una disculpa por no haber contestado, normalmente contesto todo en respuesta a la misma atencion prestada por ustedes, solo que no habia tenido oportunidad de entrar a la pagina, por otro lado en cuanto a la respuesta creo que tienes razon, me dice "pagada en el ejercicio" pero mi duda venia porque me comentaron que si no la pagaba en los terminos del 122 de la LFT, no la podia utilizar para disminuir mi utilidad fiscal pero no me dio fundamento solo me dijo que lo habia leido no recordaba donde y pues me nacio la duda y dije ah de haber algo que no conozco, pero pues creo que seria cuestion de interpretacion, a lo cual por mi parte si lo disminuyo de la utilidad fiscal.
Gracias por sus atenciones!
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17 años 3 meses antes #46628
por MARIOAL
entonces en este caso, se puede disminuir como si se hubiera efectuado el pago en en el mes de mayo, o tendria que disminuirse apartir del mes en que fue distribuida....y por otra parte...las retenciones por dicho pago se enterarian tambien en el mes de junio,...que se hace en el caso de pagar solo una parte de las utilidades, puede hacerse esto.?....
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