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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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El art 137 de LISR te marca el procedimiento para el regimen de pequeños contribuyentes, en el año del
2005 el 08 de diciembre se publico un decreto q facilita el pago de impuestos ademas de relevar de algunas obligaciones.
Cabe mencionar q dicho decreto solo es para los ejercicios 2005 y 2006. Para 2007 a la fecha se han publicado
reglas en la RMF q siguen otorgando dichos beneficios.
Puedes seguir aplicando la opcion del art 137 ya q la aplicacion del decreto antes mencionado es opcional
mas sin embargo si lo aplicas te casas con la opcion durante 5 años.
Segun la secretaria de cada estado publica las tablas del pago de cuota fija.!!
A tus ordenes!
SALUDOS!!!
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Mi duda al parecer es algo amplia , pero bien espero que con un poco de ayuda pueda irla resolvienso sucede que desconozco la mecanica correcta para el calculo del pequeño contribuyente y sus cambios pues si de forma general se que estos han ido mutando o algo asi y pues si alguien me puede orientar saber desde el año 2000 al 2009 estos cambios cuales han sido, o saber donde puedo consultar esta informacion de manera practica.
Muchas gracias de antemano
Buen dia:blush:
Definitivamente existen cambio, soibre todo de limite de ingresos del citado numeral 137 LISR...donde por ejemplo en el 2002 es cuando eliminan el numeral 119-M y agregan el 137 del que hoy conocemos...imaginate en el 2002 el limite para tributar en ese regimen era de 1,500,000......en ese año los pagos eran semestrales etc..
sugiero uses el buscador, ya el tema se ha tratado con amplitud....
saludos
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