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Aplicacion de Subsidio al Empleo
- lozarubio2
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17 años 3 meses antes #46498
por lozarubio2
Aplicacion de Subsidio al Empleo Publicado por lozarubio2
Buenos dias y gracias por sus comentarios; tengo la siguiente duda; un contribuyente persona fisica actividad empresarial tiene un ISR a cargo en su pago provisional y tambien pagaria actualizaciones y recargos; para dicho pago provisional aplicaria Subsidio al Empleo y otra parte lo pagaria en efectivo; ¿que cantidad de ISR tomaria efectivamente pagada ya que se involucran las actualizaciones y recargos?....y para efectos del IETU solo podria acreditarme el ISR efectivamente pagado.
Pongo el siguiente ejemplo:
Saldo Subsidio al empleo: 2,000.00
ISR a cargo 2,5000.00
Actualizaciones 130.00
Recargos 460.00
Total a Pagar........ 3,090.00
Pago del Impuesto:
-Subsidio al Empleo
aplicado..............2,000,000
-Efectivamente pagado 1,090.00
¿Los 2,000.00 que aplique de Subsidio al empleo se los apliaria a los 2,500.00 de ISR; y los 1,090.00 que pague en efectivo serian de ISR 500.00, De Act. 130.00 y de Recargos 460.00? ¿Seria correcta esta apreciacion....?
De nuevo Gracias....
Pongo el siguiente ejemplo:
Saldo Subsidio al empleo: 2,000.00
ISR a cargo 2,5000.00
Actualizaciones 130.00
Recargos 460.00
Total a Pagar........ 3,090.00
Pago del Impuesto:
-Subsidio al Empleo
aplicado..............2,000,000
-Efectivamente pagado 1,090.00
¿Los 2,000.00 que aplique de Subsidio al empleo se los apliaria a los 2,500.00 de ISR; y los 1,090.00 que pague en efectivo serian de ISR 500.00, De Act. 130.00 y de Recargos 460.00? ¿Seria correcta esta apreciacion....?
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17 años 3 meses antes #46500
por RicardoAvila
\"Cada quien con sus tijeras corta y confecciona su propio destino\"
Respuesta de RicardoAvila sobre el tema Re: Aplicacion de Subsidio al Empleo
En este caso el ISR efectivamente pagado es el que se aplica vs IETU, no hay que olvidar que la LIETU menciona el su Art 8 parra 5 "El impuesto sobre la renta propio por acreditar a que se refiere este articulo serà el efectivamente pagado en los terminos de la Ley del impto sobre la renta. No se considera efectivamente pagado el ISR que se hubiera cubierto con acreditamientos o reducciones realizadas en los terminos de las disposiciones fiscales, con excepcion del acreditamiento del IDE o cuando el pago se hubiera efectuado mediante compensacion en los terminos del Art 23 CFF.
Por lo cual de las cantidades que mencionas
$130.00 NO es ISR propio, es Actualizacion (accesorio de las contribuciones)
$460.00 NO es ISR propio, son Recargos (accesorio de las contribuciones)
$500.00 SI es ISR propio Efectivamente pagado
Por lo cual unicamente podras acreditar 500.00 contra el pago del IETU
Por lo cual de las cantidades que mencionas
$130.00 NO es ISR propio, es Actualizacion (accesorio de las contribuciones)
$460.00 NO es ISR propio, son Recargos (accesorio de las contribuciones)
$500.00 SI es ISR propio Efectivamente pagado
Por lo cual unicamente podras acreditar 500.00 contra el pago del IETU
\"Cada quien con sus tijeras corta y confecciona su propio destino\"
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17 años 3 meses antes #46632
por lozarubio2
Respuesta de lozarubio2 sobre el tema Re: Aplicacion de Subsidio al Empleo
Muchas Gracias CP Ricardo Avila...eso mismo suponia su servidor.....
Gracias de nuevo....
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