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Anual Enajenacion de Bienes
- tabarja
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Junior Boarder
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17 años 2 meses antes #47891
por tabarja
Anual Enajenacion de Bienes Publicado por tabarja
Buenos días a todos
Un amigo que se dedica a la construcción de casas habitación me hizo una pregunta, que la verdad no supé responder y que espero me ayuden
Cuando el realizó la venta de las casas el notario realizo calculo de el isr y pago lo correspondiente a el estado y la federación
Lo que me comento mi amigo y me causo duda, es que el no presento ninguna factura como deducción, lo que el notario hizó fué enviar a un valuador y el determino lo que se había invertido en la construcción y es lo que utilizó el notario como deducción para el calculo del ISR
Para calcular la anual, se tomaría las deducciones que el notario utilizó para el calculo dél ISR?
Un amigo que se dedica a la construcción de casas habitación me hizo una pregunta, que la verdad no supé responder y que espero me ayuden
Cuando el realizó la venta de las casas el notario realizo calculo de el isr y pago lo correspondiente a el estado y la federación
Lo que me comento mi amigo y me causo duda, es que el no presento ninguna factura como deducción, lo que el notario hizó fué enviar a un valuador y el determino lo que se había invertido en la construcción y es lo que utilizó el notario como deducción para el calculo del ISR
Para calcular la anual, se tomaría las deducciones que el notario utilizó para el calculo dél ISR?
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- BR1
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
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17 años 2 meses antes #47895
por BR1
Respuesta de BR1 sobre el tema Re: Anual Enajenacion de Bienes
Buen día.
Lo que "el notario" aplicó es:
RISR
Art. 192 tercer párrafo:
Cuando por cualquier causa los contribuyentes no puedan comprobar el costo de las inversiones en construcciones, mejoras y ampliaciones realizadas en un inmueble, podrán considerar como costo de dichas inversiones el 80% del valor de las construcciones que reporte el avalúo que al efecto se practique, referido a la fecha en que las mismas inversiones fueron terminadas, tomando en consideración la antigüedad que el citado avalúo reporte.
O sea, es un avalúo "referido", y si es "factible" utilizarlo para la determinación del pago provisional y del impuesto anual.
Un saludo!!!
Lo que "el notario" aplicó es:
RISR
Art. 192 tercer párrafo:
Cuando por cualquier causa los contribuyentes no puedan comprobar el costo de las inversiones en construcciones, mejoras y ampliaciones realizadas en un inmueble, podrán considerar como costo de dichas inversiones el 80% del valor de las construcciones que reporte el avalúo que al efecto se practique, referido a la fecha en que las mismas inversiones fueron terminadas, tomando en consideración la antigüedad que el citado avalúo reporte.
O sea, es un avalúo "referido", y si es "factible" utilizarlo para la determinación del pago provisional y del impuesto anual.
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- tabarja
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17 años 2 meses antes #47896
por tabarja
Respuesta de tabarja sobre el tema Re: Anual Enajenacion de Bienes
Gracias BR1,
Saludos!!
Saludos!!
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