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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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MIEMBROS DE CONSEJO SUJETOS A 2% SOBRE NOMINA
- mefisto1804
- Autor del tema
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- Junior Boarder
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- LOBOZAC
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........ESTOS MIEMBROS EN SU MOMENTO FUERON TRABAJADORES DE LA EMPRESA
aqui esta tu respuesta,...........no hay vuelta de hoja
saludos
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- Gealram
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- Toluca Edo. de Mex.
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existe el pronunciamiento en tal sentido, entonces
si gravan para el impuesto estatal.
Aqui en el estado de mexico, a partir de este año
hicieron efectivo ese pronunciamiento aunque ya
estaba en gacetas anteriores.
Algunos patrones se han amparado al respecto
y otros no han hecho caso.
Saludos
¡SE FELIZ!!, Libera tu corazón de odios, Tu mente de preocupaciones, Vive sencillamente, Da mas espera menos y Ten esperanza siempre.
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- Luis
- Fuera de línea
- Moderator
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- Muestrenme un impuesto que no cause problemas y le
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Un placer saludarte, aparte de lo comentado por mis compañeros, es importante que verifiques el còdigo financiero de la entidad de tu localidad o la ley de hacienda en su caso, si hablas de que dicho patron tiene su domicilio en el Distrito Federal el art. 178 del còdigo financiero establece cual es la base:
ARTICULO 178.- Se encuentran obligadas al pago del impuesto sobre nóminas, las personas físicas y morales que, en el Distrito Federal, realicen erogaciones en dinero o en
especie por concepto de remuneración al trabajo personal subordinado,independientemente de la designación que se les otorgue.Para los efectos de este impuesto, se considerarán erogaciones destinadas a remunerar el trabajo personal subordinado, las siguientes:
I. ...
X. Pagos realizados a administradores, comisarios o miembros de los consejos directivos de vigilancia o administración de sociedades y asociaciones.
Saludos y estoy a sus ordenes.
Muestrenme un impuesto que no cause problemas y les diré que es algo que no es, no ha sido y nunca será.
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- CPHugoocejo
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- Ganar no lo es todo, es lo unico..Vince Lombardi.
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BUENAS TARDES QUERIDOS COMPAÑEROS ESPERO QUE PUEDAN SACARME DE UNA DUDA, EL CASO SURGE DENTRO DE UNA EMPRESA REGIMEN GENERALISR TITULO II (PERSONA MORAL), LA CUAL HA DEJADO DE SER CONTRIBUYENTE DEL 2% SOBRE NOMINAS DESDE HACE 3 AÑOS YA QUE EL PERSONAL DE ESTA LO MAJENA UNA OUTSORCING, MAS SIN EMBARGO EN NOVIEMBRE DEL 2008 HIZO PAGOS A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO, PAGOS QUE TAL Y COMO MENCIONA LA LEY DEL ISR RECIBIO EL TRATO DE APLIACAR LA TASA MAXIMA DEL 28% DIRECTA, EL ASUNTO PARA NO HACER MAS LARGO ESTO ES QUE EL AUDITOR ESTA SOLICITANDO QUE POR EL PAGO QUE SE HIZO A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DEBIO HABERSE CONSIDERADO Y PAGAR 2% SOBRE NOMINAS (ESTOS MIEMBROS EN SU MOMENTO FUERON TRABAJADORES DE LA EMPRESA PERO HOY EN DIA LA EMPRESA NO TIENE NI UN SOLO TRABAJADOR)LA PREGUNTA DE LOS MIL MILLONES SI SE CONCIDERA ESE IMPORTE PAGADO COMO HONORARIOS A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DEBIO SER SUJETO AL PAGO DEL 2% SOBRE NOMINAS (EN MI OPINION NO YA QUE NO EXISTE UNA SUBORDINACION LA CUAL ES LA QUE GENERA LA RELACION OBRERO PATRON.) eSPERO ME PUEDAN AYUDAR MUCHAS GRACIAS.
Pues mencionas que has dejado de ser sujeto desde hace 3 años al 2% sobre nomina, entonces nunca diste de baja dicha obligacion en el estado? si tu respuesta es NO, sigues siendo sujeto a dicho gravamen, aunado a que esas personas fueron tus trabajadores.....por lo tanto con los elementos que nos proporcionas, grava para el 2% Nominas.
saludos
saludos
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- sosgtorreon
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- Al opinar no soy objetivo, xq soy sujeto no objeto
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Me adhiero por completo al comentario de que debes atender a la legislacion estatal vigente y correspondiente al domicilio fiscal del contribuyente. Ya que por ser el ISN un impuesto de caracter estatal, es a lo que se debe obedecer.
Por ejemplo, en Coahuila dichas partidas simplemente no son objeto de Ley, por lo que en consecuencia el dicho del auditor seria errado. Sin embargo podemos ver que en el Estado de Mexico y en el Distrito Federal si son sujetas al impuesto en cuestion, cosa de que Mefisto1804 comente su lugar de residencia, a lo mejor y la duda ya fue resuelta con la participacion de los compañeros.
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