- Mensajes: 152
- Gracias recibidas: 0
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
Recordatorio a todos los usuarios de los foros:
5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.
Anticipos recibidos cuando se deben incluir para el ISR?
- rdavidcg
-
Autor del tema
- Fuera de línea
- Expert Boarder
-
Menos
Más
19 años 6 meses antes #5131
por rdavidcg
Compañeros del foro acudo a uds esperando y me puedan ayudar con mi duda:
en el mes de enero se recibio anticipo que se facturo hasta hoy febrero mi pregunta es en que mes debo considerar el ingreso para efectos del anticipo de ISR cuando recibi el anticipo o hasta que lo facture?????
desde ya agradezco los comentarios vertidos
saludos!!!!!
en el mes de enero se recibio anticipo que se facturo hasta hoy febrero mi pregunta es en que mes debo considerar el ingreso para efectos del anticipo de ISR cuando recibi el anticipo o hasta que lo facture?????
desde ya agradezco los comentarios vertidos
saludos!!!!!
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- rdavidcg
-
Autor del tema
- Fuera de línea
- Expert Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 152
- Gracias recibidas: 0
19 años 6 meses antes #5132
por rdavidcg
Respuesta de rdavidcg sobre el tema Re: Anticipos recibidos cuando se deben incluir para el ISR?
Compañeros despues de leer el TITULO II de las PM referente a esta duda que me surgio quiero compartir esto haber si interpreto bien la ley:
Artículo 14. Los contribuyentes efectuarán pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago, conforme a las bases que a continuación se señalan:
Fracc II. La utilidad fiscal para el pago provisional se determinará multiplicando el coeficiente de utilidad que corresponda conforme a la fracción anterior, por los ingresos nominales correspondientes al periodo comprendido desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que se refiere el pago.
Fracc III 3er Parrafo:
Los ingresos nominales a que se refiere este artículo serán los ingresos acumulables, excepto el ajuste anual por inflación acumulable. Tratándose de créditos o de operaciones denominados en unidades de inversión, se considerarán ingresos nominales para los efectos de este artículo, los intereses conforme se devenguen, incluyendo el ajuste que corresponda al principal por estar los créditos u operaciones denominados en dichas unidades.
CAPITULO I
DE LOS INGRESOS
Artículo 17. Las personas morales residentes en el país, incluida la Asociación en participación, acumularán la totalidad de los ingresos en efectivo, en bienes, en servicio, en crédito o de cualquier otro tipo, que obtengan en el ejercicio, inclusive los provenientes de sus establecimientos en el extranjero. El ajuste anual por inflación acumulable es el ingreso que obtienen los contribuyentes por la disminución real de sus deudas.
Artículo 18. Para los efectos del artículo 17 de esta Ley, se considera que los ingresos se obtienen, en aquellos casos no previstos en otros artículos de la misma, en las fechas que se señalan conforme a lo siguiente tratándose de:
c) Se cobre o sea exigible total o parcialmente el precio o la contraprestación pactada, aun cuando provenga de anticipos.
Luego entonces como el ingreso lo obtuve en Enero en ese mes ahi lo debo "acumular" es correcta mi interpretacion de la ley (al parecer ya yo solo me conteste solo quiero sus comentarios referente a mi interpretacion o si omito algo)
agradezco sus "APORTACIONES"
saludos!!!!!!
Artículo 14. Los contribuyentes efectuarán pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago, conforme a las bases que a continuación se señalan:
Fracc II. La utilidad fiscal para el pago provisional se determinará multiplicando el coeficiente de utilidad que corresponda conforme a la fracción anterior, por los ingresos nominales correspondientes al periodo comprendido desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que se refiere el pago.
Fracc III 3er Parrafo:
Los ingresos nominales a que se refiere este artículo serán los ingresos acumulables, excepto el ajuste anual por inflación acumulable. Tratándose de créditos o de operaciones denominados en unidades de inversión, se considerarán ingresos nominales para los efectos de este artículo, los intereses conforme se devenguen, incluyendo el ajuste que corresponda al principal por estar los créditos u operaciones denominados en dichas unidades.
CAPITULO I
DE LOS INGRESOS
Artículo 17. Las personas morales residentes en el país, incluida la Asociación en participación, acumularán la totalidad de los ingresos en efectivo, en bienes, en servicio, en crédito o de cualquier otro tipo, que obtengan en el ejercicio, inclusive los provenientes de sus establecimientos en el extranjero. El ajuste anual por inflación acumulable es el ingreso que obtienen los contribuyentes por la disminución real de sus deudas.
Artículo 18. Para los efectos del artículo 17 de esta Ley, se considera que los ingresos se obtienen, en aquellos casos no previstos en otros artículos de la misma, en las fechas que se señalan conforme a lo siguiente tratándose de:
c) Se cobre o sea exigible total o parcialmente el precio o la contraprestación pactada, aun cuando provenga de anticipos.
Luego entonces como el ingreso lo obtuve en Enero en ese mes ahi lo debo "acumular" es correcta mi interpretacion de la ley (al parecer ya yo solo me conteste solo quiero sus comentarios referente a mi interpretacion o si omito algo)
agradezco sus "APORTACIONES"
saludos!!!!!!
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- sosgtorreon
- Fuera de línea
- Administrator
-
- Al opinar no soy objetivo, xq soy sujeto no objeto
Menos
Más
- Mensajes: 6964
- Gracias recibidas: 0
19 años 6 meses antes #5167
por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: Anticipos recibidos cuando se deben incluir para el ISR?
Pues si... Tu conoces el total de datos del caso en particular... por ejemplo, nos das a conocer que es persona moral, pero no que tipo de persona moral es... ahora bien... citas el momento de acumulacion y en base a ello la conclusion...
Solo destacar que en el evento de que se conozca precio y cosa no se acumula solo el anticipo recibido, si no el total de la operacion...
Si solo se conoce precio o solo se conoce la cosa, se acumula solo el anticipo...
Si se conocian o no ambos elementos tu eres el que posee la informacion y el que podra concluir lo correcto...
Solo destacar que en el evento de que se conozca precio y cosa no se acumula solo el anticipo recibido, si no el total de la operacion...
Si solo se conoce precio o solo se conoce la cosa, se acumula solo el anticipo...
Si se conocian o no ambos elementos tu eres el que posee la informacion y el que podra concluir lo correcto...
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- rdavidcg
-
Autor del tema
- Fuera de línea
- Expert Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 152
- Gracias recibidas: 0
19 años 6 meses antes #5187
por rdavidcg
Respuesta de rdavidcg sobre el tema Re: Anticipos recibidos cuando se deben incluir para el ISR?
Compañero Gilberto agradezco infinitamente su comentario bastante claro
saludos!!!!!
saludos!!!!!
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- mozart
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 1126
- Gracias recibidas: 0
19 años 6 meses antes #5220
por mozart
Respuesta de mozart sobre el tema Re: Anticipos recibidos cuando se deben incluir para el ISR?
te saludo y te comento :
en lo particular, a los anticipos NO LOS ACUMULO, si estos NO cumplen con un acto juridico....... es decir, hasta que se materialize dicho anticpo lo convierto en Ingreso acumulable...
Insisto....... siempre y cuando este NO cumpla con un acto juridico..
saludos
en lo particular, a los anticipos NO LOS ACUMULO, si estos NO cumplen con un acto juridico....... es decir, hasta que se materialize dicho anticpo lo convierto en Ingreso acumulable...
Insisto....... siempre y cuando este NO cumpla con un acto juridico..
saludos
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- rdavidcg
-
Autor del tema
- Fuera de línea
- Expert Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 152
- Gracias recibidas: 0
19 años 6 meses antes #5224
por rdavidcg
Respuesta de rdavidcg sobre el tema Re: Anticipos recibidos cuando se deben incluir para el ISR?
de igual forma te saludo mozart
no me queda claro lo de "ACTO JURIDICO" podrias abundar en el tema
agradezco tus comentarios
saludos!!!
no me queda claro lo de "ACTO JURIDICO" podrias abundar en el tema
agradezco tus comentarios
saludos!!!
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
Tiempo de carga de la página: 0.613 segundos