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Figura "comodato": PM/PF
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17 años 4 semanas antes #51339
por BR1
Figura "comodato": PM/PF Publicado por BR1
Buenas tardes.
Les expongo lo siguiente.
PM con terrenos para uso habitacional, desea enajenarlos pero sabe que se venderian a un mejor precio por metro cuadrado al encontrarse construidos en ellos casas.
Por lo anterior, llega una PF con la siguiente propuesta "otorgamelos en comodato, yo los construyo y al momento de enajenarse tu PM vendes el terreno y yo PF vendo la casa", así ganamos ambos.
Hace mucho tiempo, los de hipotecaria nacional me dijeron "nosotros si le otorgamos el crédito al comprador de la casa y terreno emitiremos el cheque a favor de la PM ya que es la propietaria del terreno"....en aquellos tiempos no tenía pensado lo del comodato (es mas, ni recuerdo si algún forista me lo planteo..jaja)...¿fiscalmente jala o no jala?..
En mi opinión sí......aunque tengo mis reservas para efectos de alguna complicación fiscal....ya que la PF que enajena la construcción no cuenta con comprobantes de quien le presta el serv. de construcción (por aquello de que le deja mejor precio)...en fin.. se ve cada caso..
Un saludo y agradezco sus comentarios!!
Les expongo lo siguiente.
PM con terrenos para uso habitacional, desea enajenarlos pero sabe que se venderian a un mejor precio por metro cuadrado al encontrarse construidos en ellos casas.
Por lo anterior, llega una PF con la siguiente propuesta "otorgamelos en comodato, yo los construyo y al momento de enajenarse tu PM vendes el terreno y yo PF vendo la casa", así ganamos ambos.
Hace mucho tiempo, los de hipotecaria nacional me dijeron "nosotros si le otorgamos el crédito al comprador de la casa y terreno emitiremos el cheque a favor de la PM ya que es la propietaria del terreno"....en aquellos tiempos no tenía pensado lo del comodato (es mas, ni recuerdo si algún forista me lo planteo..jaja)...¿fiscalmente jala o no jala?..
En mi opinión sí......aunque tengo mis reservas para efectos de alguna complicación fiscal....ya que la PF que enajena la construcción no cuenta con comprobantes de quien le presta el serv. de construcción (por aquello de que le deja mejor precio)...en fin.. se ve cada caso..
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17 años 2 semanas antes #51644
por BR1
Respuesta de BR1 sobre el tema Re: Figura "comodato": PM/PF
Buenos días.
Mi tema se cruzó con la inactividad de la página (y la pérdida de password..jaja)....lo actualizo..
Me crean dudas algunos artículos del CCF:
Artículo 2501. El comodatario adquiere el uso, pero no los frutos y accesiones de la cosa prestada.
La casa que construye, en mi opinión es claro que es una "accesión"...¿se viene abajo la figura del comodato para armar este esquema?
Navegando encontré algun material respecto al tema, en uno de ellos comentan ". Lo que sufra alteraciones o sea consumible por su propia naturaleza, no podrá ser objeto de comodato"
¿Estará relacionado dicho comentario con el art. anteriormente citado?
Claro que verificaré con un abogado pero quería ver si alguien ha tenido un caso "similar".
Gracias anticipadas por los comementarios!!!!
Mi tema se cruzó con la inactividad de la página (y la pérdida de password..jaja)....lo actualizo..
Me crean dudas algunos artículos del CCF:
Artículo 2501. El comodatario adquiere el uso, pero no los frutos y accesiones de la cosa prestada.
La casa que construye, en mi opinión es claro que es una "accesión"...¿se viene abajo la figura del comodato para armar este esquema?
Navegando encontré algun material respecto al tema, en uno de ellos comentan ". Lo que sufra alteraciones o sea consumible por su propia naturaleza, no podrá ser objeto de comodato"
¿Estará relacionado dicho comentario con el art. anteriormente citado?
Claro que verificaré con un abogado pero quería ver si alguien ha tenido un caso "similar".
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17 años 2 semanas antes #51647
por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re: Figura "comodato": PM/PF
BR1, Definitivamente es una accesion, derivado de la union del terreno y lo que se construye en el mismo...por ende la figura del comodato como bien dices no aplicaria..ademas de que la naturaleza de la citada es a titulo gratuito.....
saludos
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17 años 2 semanas antes #51668
por BR1
Respuesta de BR1 sobre el tema Re: Figura "comodato": PM/PF
Gracias Hugo, de hecho, la figura la han manejado anteriormente en esa empresa... pero me queda la duda de la procedencia o consecuencias legales/fiscales.....
Sabemos que la A en P sería la figura que mejor encajaría en este tipo de situaciones, pero en realidad como son cosas esporádicas no quiero meterme en rollos de las A en P.
Continuando con el tema y en el mismo orden de ideas, analizo el CC y me encuentro con la figura del usufructo... no se me parece que encaja perfectamente en el caso que comento:
Artículo 980.- El usufructo es el derecho real y temporal de disfrutar de los bienes ajenos.
Artículo 987.- Los derechos y obligaciones del usufructuario y del propietario se arreglan, en todo caso, por el título
constitutivo del usufructo.
Artículo 990.- El usufructuario tiene derecho de percibir todos los frutos, sean naturales, industriales o civiles.
Artículo 994.- Si el usufructo comprende cosas que no pueden usarse sin consumirse, el usufructuario tendrá el derecho de consumirlas, pero está obligado a restituirlas, al terminar el usufructo, en igual género, cantidad y calidad.No siendo posible hacer la restitución, está obligado a pagar su valor, si se hubiesen dado estimadas, o su precio corriente al tiempo de cesar el usufructo, si no fueron estimadas.
etc etc...
Como comento, lo consultaré, no quiero llevarme una sorpresa desagradable.. aunque, en el esquema que se esta manejando si ya cada quien pago sus impuestos ¿que riesgos pueden tener?.. digo...¿que los hagan pagar de nuevo o infracciones?
Sabemos que la A en P sería la figura que mejor encajaría en este tipo de situaciones, pero en realidad como son cosas esporádicas no quiero meterme en rollos de las A en P.
Continuando con el tema y en el mismo orden de ideas, analizo el CC y me encuentro con la figura del usufructo... no se me parece que encaja perfectamente en el caso que comento:
Artículo 980.- El usufructo es el derecho real y temporal de disfrutar de los bienes ajenos.
Artículo 987.- Los derechos y obligaciones del usufructuario y del propietario se arreglan, en todo caso, por el título
constitutivo del usufructo.
Artículo 990.- El usufructuario tiene derecho de percibir todos los frutos, sean naturales, industriales o civiles.
Artículo 994.- Si el usufructo comprende cosas que no pueden usarse sin consumirse, el usufructuario tendrá el derecho de consumirlas, pero está obligado a restituirlas, al terminar el usufructo, en igual género, cantidad y calidad.No siendo posible hacer la restitución, está obligado a pagar su valor, si se hubiesen dado estimadas, o su precio corriente al tiempo de cesar el usufructo, si no fueron estimadas.
etc etc...
Como comento, lo consultaré, no quiero llevarme una sorpresa desagradable.. aunque, en el esquema que se esta manejando si ya cada quien pago sus impuestos ¿que riesgos pueden tener?.. digo...¿que los hagan pagar de nuevo o infracciones?
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17 años 2 semanas antes #51670
por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re: Figura "comodato": PM/PF
Br1, en el caso de el usufructo me parece no aplicaria, porque en el caso que nos expones la persona fisica venderia la casa, lo cual nos lleva a ver que se perderia la naturaleza del usufructo, que es la de disfrutar dicho bien, no el enajenarlos.
En el caso de la A en P es una figura que si encajaria, dada que para empezar este paraiso no tiene personalidad juridica, en otras palabras es un contrato.....
consecuencias? pues si, que te hicieran pagar....
Interesante el caso....
saludos
En el caso de la A en P es una figura que si encajaria, dada que para empezar este paraiso no tiene personalidad juridica, en otras palabras es un contrato.....
consecuencias? pues si, que te hicieran pagar....
Interesante el caso....
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