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Compra de Auto Siniestrado Seguros

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17 años 1 semana antes #51750 por berthacl


Hola!

Compramos un auto siniestrado a una compañia de seguros y nos facturaron sin IVA, y nos ponen una leyenda,"facturado segun el art. 20 del reglamento del la ley del Iva, PERO, me voy a dicho articulo y habla de acreditamientos de actividad de inmuebles al regimen de propiedad en condominio, osea no habla nada de venta de autos.

Saben si esta correcto este sustento?

Lo compramos porque queriamos hacer el acreditamiento del Iva....

Muchas gracias y saludos!

Bertha
bncepeda@hotmail.com

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17 años 1 semana antes #51757 por sosgtorreon
Doy como un hecho que lo quisieron poner fue; "Facturado segun el art. 27 del Reglamento del la Ley del IVA", pero probablemente es una leyenda que tienen ya capturada para casos como el tuyo desde hace bastantes años... antes de que fuera reformado el Reglamento de LIVA, cuando el contenido del art. 20 era el que tiene hoy en dia el 27.

Dos cosas, revisa el 27 de RLIVA y comenta si persiste la dua, la otra habla con la aseguradora e informarles del error que contiene su leyenda y nos comentas si les dio pena andar tan pasados de moda, por no decir desactualizados.

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17 años 1 semana antes #51762 por CPHugoocejo
berthacl escribió:



Hola!

Compramos un auto siniestrado a una compañia de seguros y nos facturaron sin IVA, y nos ponen una leyenda,"facturado segun el art. 20 del reglamento del la ley del Iva, PERO, me voy a dicho articulo y habla de acreditamientos de actividad de inmuebles al regimen de propiedad en condominio, osea no habla nada de venta de autos.

Saben si esta correcto este sustento?

Lo compramos porque queriamos hacer el acreditamiento del Iva....

Muchas gracias y saludos!

Bertha
bncepeda@hotmail.com



Usted....1-.Hable a la compañia y pidales en que se basan su fundamento del numeral 20 RIVA...

Compañia...Disculpe usted......

Usted....2-. y que le corrigan su factura.........y listo.



saludos

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17 años 1 semana antes #51775 por berthacl
Ok ya quedo claro, es el 27.

Ahora, desde hace tiempo estamos haciendo varias compras de autos a una empresa aseguradora que se llama grupo nacional provincial s a b

Son puros autos siniestrados o de recuperacion de robos, y hay veces que nos facturan con iva y hay ocasiones que NO nos desglosan el iva y nos ponen la leyenda del ART.9 de LIVA y tambien el art.20 RLIVA (ya quedo claro que es el 27)

Yo tengo entendido que una compra venta de autos entre particulares no genera Iva, pero si lo vende una empresa a una PF (sonotros somos PF) si genera Iva, ya que nosotros los vendemos y los refacturamos.

Saben si procede de esta forma?

Gracias y saludos!

Bertha
bncepeda@hotmail.com

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