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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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Es peleable una notificación sin mediar req
- Mario S.
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Es peleable una notificación de un requerimiento de obligaciones omitidas, donde dicha notificación fue dejada en el domicilio del contribuyente por debajo de la puerta ? sin hacerla bajo los requisitos del cff
de antemano mil gracias
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- KIKE_CORONA
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- El verdadero conocimiento...aun no lo conozco
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Por principio de cuentas presenta las declaraciones que te requieren para que esto no siga siendo un pendiente. Esperate a que llegue la "posible" multa por no atender requerimiento y por presentar la declaracion a requerimiento de la autoridad. Una vez que te lleguen esos documento platicamos como "pelear" una multa por no haber notificacion legal
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- bandido
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ART. 137 SEGUNDO PARRAFO CFF
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- Mario S.
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SI HUBO UNA NOTIFICACIÓN Y NO HABÍA NADIE EN EL DOMICILIO, EL NOTIFICADOR PREVIAMENTE DEBIÓ DE HABER INTENTADO DEJARLO CON VECINO, SI EL VECINO SE NEGÓ ENTONCES SÍ PUEDE PONERLO EN UN LUGAR "VISIBLE" EN EL DOMICILIO DEL PARTICULAR, NO HAY UN LUGAR ESPECÍFICO PARA DECIR QUE ES UN "LUGAR VISIBLE" , Y SUPONIENDO QUE POR DEBAJO DE LA PUERTA SEA CORRECTO DECIR QUE ES UN "LUGAR VISIBLE" EN LA MISMA NOTIFICACIÓN DEBIÓ DE HABER MANIFESTADO LOS PORMENORES DE PORQUÉ LO DEJA POR DEBAJO DE LA PUERTA, SI NO LOS PUSO ENTONCES ES UNA NOTIFICACIÓN ILEGAL Y PUEDES PONER UN RECURSO DE REVOCACIÓN...........Y DEPENDIENDO DEL MONTO VERÁS SI ES COSTEABLE DICHO RECURSO
ART. 137 SEGUNDO PARRAFO CFF
Se presentó el recurso en base a lo establecido en el art 137 cff, pero la autoridad nos contestó señalando que no estaba dentro de lo establecido en el art 117 de cff donde señala lo que es recurrible, ya que según ello no afecta el derecho de terceros
como la ven ?
saudos
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- Alberto FC
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- Tula de Allende, Hidalgo
En ese momento, al encontrarte frente a un acto recurrible, puedes intentar la defensa, en los terminos ahora intendados.
Esto, lo harán mediante el ataque del acto que te causa agravio, argumentando la ilegalidad del acto que le da origen, esto es el requerimiento, en virtud de que éste te fue ilegalmente notificado.
Conclusión, atacas la multa, que es el acto que realmente te causa gravio, bajo el argumento de que es un acti viciado de origen, pues el requerimiento en el que se basa dicha multa, no fué legalmente notificado.
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- bandido
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