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retencion de iva completo
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16 años 11 meses antes #52628
por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re: retencion de iva completo
AHORA BIEN FEGA.......QUE TE PREOCUPA ?.....ESE IVA RETENIDO LO VAS A UTILIZAR CONTRA LOS IVAS A PAGAR DE MESES POSTERIORES.....SOLO OBTEN LA CONSTANCIA DE RETENCION DEL CFE.....
O VAS A METERLE PLEITO A LA CFE ?........PORQUE MEDIO ?.......VALE LA PENA UN JUICIO....CREES GANARLO ?...POR "TAN POQUITO" ?
..LA LEY ES MUY CLARA.....
COMENTAS ?
SALUDOS
O VAS A METERLE PLEITO A LA CFE ?........PORQUE MEDIO ?.......VALE LA PENA UN JUICIO....CREES GANARLO ?...POR "TAN POQUITO" ?
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16 años 11 meses antes - 16 años 11 meses antes #52629
por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re: retencion de iva completo
NADA MAS DIME EN QUE PARTE DEL ARTICULO UNO.......HABLA DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ?????
AHORA BIEN.....SUPONIENDO SIN CONCEDER.......LA FRASE ESA QUE DICES Se entenderá por traslado del impuesto el cobro o cargo que el contribuyente debe hacer...TAMBIEN DICE "CARGO".....
EN FIN.......RESPETO TUS OPINIONES...PERO NO LAS COMPARTO
CREADOR DEL TOPICO ?......QUE NOS COMENTAS
GRACIAS
SALUDOS
AHORA BIEN.....SUPONIENDO SIN CONCEDER.......LA FRASE ESA QUE DICES Se entenderá por traslado del impuesto el cobro o cargo que el contribuyente debe hacer...TAMBIEN DICE "CARGO".....
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Última Edición: 16 años 11 meses antes por LOBOZAC.
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16 años 11 meses antes - 16 años 11 meses antes #52631
por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re: retencion de iva completo
PERO SABES QUE FEGA ?..........ESTO QUE MENCIONO......ES PARA CANTIDADES MAYORES A 2 MIL........O SEA, ..ASI APLICA.....CADA CONTRIBUYENTE QUE CONOZCO, RECIBE ---EN ESTE CASO ESPECIFICO--- LA RETENCION POR EL TOTAL......
PERO TU MENCIONAS ESTO UNA CANTIDAD MENOR.........Y NO DEBIERON HACERTE LA RETENCION.....EN BASE A ESTO
RMF 2009
No retención del IVA por la Federación y sus organismos descentralizados
I.5.1.2. Para los efectos del artículo 3o., tercer párrafo de la Ley del IVA la Federación y sus organismos descentralizados, no estarán a lo previsto por el citado artículo, por las erogaciones que efectúen por concepto de adquisición de bienes o prestación de servicios, siempre que el monto del precio o de la contraprestación pactada no rebase la cantidad de $2,000.00.
No será aplicable lo previsto en el párrafo anterior, tratándose de los servicios personales independientes y de autotransporte terrestre de bienes que reciban la Federación y sus organismos descentralizados, independientemente del monto del precio o de la contraprestación pactados.
LIVA 3
ART 3...
La Federación y sus organismos descentralizados efectuarán igualmente la retención en los términos del artículo 1o.-A de esta Ley cuando adquieran bienes, los usen o gocen temporalmente o reciban servicios, de personas físicas, o de residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país en el supuesto previsto en la fracción III del mismo artículo
AHHHHHHH.....Y LA FRASE DICE...PRESTACION DE SERVICIOS....Y TU ARREGLASTE UN CARRO...PRESTASTE UN SERVICIO DENTRO DE UN REGIMEN INTERMEDIO...., LA PRESTACION DE SERVICIOS PERSONALES INDEPENDIENTES...ES OTRA COSA.......OTRO REGIMEN......TODOS LO SABEMOS
CON ESTOS FUNDAMENTOS, CONSIDERO , DEBERAS HABLAR CON EL CONTADOR DE CFE Y VER QUE SE HACE.......O BIEN REPITO, UNA CANTIDAD TAN PEQUEÑA NO MERECE MAYOR COSA.......Y APROVECHAS PARA SOLICITAR LA CONSTANCIA DE RETENCION
SALUDOS
PERO TU MENCIONAS ESTO UNA CANTIDAD MENOR.........Y NO DEBIERON HACERTE LA RETENCION.....EN BASE A ESTO
RMF 2009
No retención del IVA por la Federación y sus organismos descentralizados
I.5.1.2. Para los efectos del artículo 3o., tercer párrafo de la Ley del IVA la Federación y sus organismos descentralizados, no estarán a lo previsto por el citado artículo, por las erogaciones que efectúen por concepto de adquisición de bienes o prestación de servicios, siempre que el monto del precio o de la contraprestación pactada no rebase la cantidad de $2,000.00.
No será aplicable lo previsto en el párrafo anterior, tratándose de los servicios personales independientes y de autotransporte terrestre de bienes que reciban la Federación y sus organismos descentralizados, independientemente del monto del precio o de la contraprestación pactados.
LIVA 3
ART 3...
La Federación y sus organismos descentralizados efectuarán igualmente la retención en los términos del artículo 1o.-A de esta Ley cuando adquieran bienes, los usen o gocen temporalmente o reciban servicios, de personas físicas, o de residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país en el supuesto previsto en la fracción III del mismo artículo
AHHHHHHH.....Y LA FRASE DICE...PRESTACION DE SERVICIOS....Y TU ARREGLASTE UN CARRO...PRESTASTE UN SERVICIO DENTRO DE UN REGIMEN INTERMEDIO...., LA PRESTACION DE SERVICIOS PERSONALES INDEPENDIENTES...ES OTRA COSA.......OTRO REGIMEN......TODOS LO SABEMOS
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Última Edición: 16 años 11 meses antes por LOBOZAC.
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16 años 11 meses antes #52641
por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re: retencion de iva completo
Definitivamente comulgo con alberth, en el sentido de que una actividad empresarial no esta tipificada en el numeral 1A LIVA porque no es un servicio independiente, es una actidad empresarial, las mismas que enumera el 16 CFF.
Por lo que concluyo que no aplica la retencion que sobre el total aplico la CFE a el causante en regimen intermedio.
saludos
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16 años 11 meses antes #52645
por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re: retencion de iva completo
bien hugo........entonces suponiendo que asi fuera como mencionan tu y alberto ........que se puede hacer RESPECTO DE LA RETENCION YA HECHA AL CONTRIBUYENTE ?.......COMO RECLAMARLE A CFE ?....DE QUE MANERA ?....ANTE QUE INSTANCIA ?....SE PODRA LOGRAR QUE LE PAGUEN EL IVA ?
SALUDOS Y GRACIAS POR LAS RESPUESTAS DE AMBOS
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16 años 11 meses antes #52650
por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re: retencion de iva completo
Que tal mi estimado Lobozac...
Pues si estamos hablando de 150 pesos...una cantidad que realmente no representa una cantidad ostentosa, considero que puede hablar con la gente que le dio cabida para trabajar como proveedor en la CFE..y si de plano no se puede..pues asi dejarlo...
Porque aun y cuando les demuestre en base a la ley lo contrario a los de la CFE...estos simplemente haran caso omiso para resarsirle los 150 pesos...porque lo que le sugeriria al proveedor que si sigue prestando servicios a la CFE ya sabe que le descontaran completo el IVA..por lo que hay que evaluar si sigue prestandoles sus servicios a dicha entidad.
saludos
Pues si estamos hablando de 150 pesos...una cantidad que realmente no representa una cantidad ostentosa, considero que puede hablar con la gente que le dio cabida para trabajar como proveedor en la CFE..y si de plano no se puede..pues asi dejarlo...
Porque aun y cuando les demuestre en base a la ley lo contrario a los de la CFE...estos simplemente haran caso omiso para resarsirle los 150 pesos...porque lo que le sugeriria al proveedor que si sigue prestando servicios a la CFE ya sabe que le descontaran completo el IVA..por lo que hay que evaluar si sigue prestandoles sus servicios a dicha entidad.
saludos
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